Economía

Derrama en la comunidad de vecinos, ¿cuándo puedes negarte a pagarla?

Una cuestión a la que se le da respuesta en la Ley de Propiedad Horizontal, una normativa que regula las comunidades de propietarios, y establece las obligaciones y derechos de los mismos
Una persona realiza cálculos sobre el pago de la derrama de la comunidad
Una persona realiza cálculos sobre el pago de la derrama de la comunidad / Magnific

Actualizado hace 1 hora

Uno de los conceptos con los que prácticamente la totalidad de los propietarios está familiarizado es con el término derrama comunitaria, "una aportación económica extraordinaria que se solicita a los propietarios de la comunidad para atender gastos imprevistos o necesidades urgentes que exceden del presupuesto habitual. Se establecen derramas cuando los fondos ordinarios son insuficientes", indican desde Legálitas.

Si bien, los motivos que pueden llevar a establecer una derrama no están recogidos de manera explícita en ningún texto legal, lo cierto es que se pueden establecer derramas para cuestiones de lo más variadas, entre las que se encuentran la reparación del ascensor, obras para la ejecución de una piscina, reparación de un bajante, pagar un gasto imprevisto y urgente y llevar a cabo una obra urgente, entre otras cuestiones.

La Ley de Propiedad Horizontal "regula las comunidades de propietarios, y establece las obligaciones y derechos de los mismos"

Antes de profundizar sobre las derramas en la comunidad de vecinos y sobre si hay posibilidad de negarse a pagarla, es fundamental conocer la existencia de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), una normativa que regula las comunidades de propietarios, y establece las obligaciones y derechos de los mismos. Una ley en la que se abordan cuestiones como el otorgamiento del título constitutivo de la propiedad, la extinción de la propiedad horizontal, el establecimiento de normas de convivencia, las competencias de la junta de propietarios, los cargos de la comunidad, la celebración de juntas, las mayorías necesarias para adoptar acuerdos o las funciones del administrador de fincas, entre otras.

En base a lo que indica la LPH, ser propietario en un edificio implica una serie de derechos y deberes. "En cuanto a los derechos, cada propietario puede disponer libremente de su derecho de propiedad, es decir, puede vender su piso / local cuando quiera, aunque sin poder separar los elementos que lo integran. Además, el dueño de un piso o local puede realizar obras en su interior, siempre que no menoscabe la seguridad del edificio, ni afecte a su estructura general o estado exterior, ni perjudique los derechos de otro propietario. En todo caso, si se van a realizar obras hay que avisar previamente al representante de la comunidad", recoge el banco Santander.

Pero el escrito vas más allá. En ella también se recogen las obligaciones de los propietarios, entre las que destacan: "Hacer un uso adecuado de las instalaciones y elementos comunes. Mantener en buen estado de conservación su propio piso / local. Consentir en su vivienda / local las reparaciones que sean de interés para el inmueble. Contribuir a los gastos de la comunidad para el sostenimiento del inmueble y al fondo de reserva, en proporción a su cuota de participación. Comunicar a la comunidad el cambio de titularidad de la vivienda/local".

¿Cuándo es posible negarse a pagar una derrama?

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Con todo ello encima de la mesa, hay quien se plantea la cuestión de si es o no posible negarse a pagar una derrama. En la línea con lo que comentan desde Reale Seguros, la posibilidad de negarse a pagar la derrama de la comunidad viene directamente marcada por el motivo que da origen a la derrama de la comunidad de propietarios.

Por ello, si el pago extraordinario de la comunidad tiene como objeto realizar obras de mantenimiento para garantizar la seguridad y la habitabilidad del inmueble, no existe posibilidad de negarse a costearla y su pago será de obligado cumplimiento para todos los vecinos que tengan carácter de propietarios en el inmueble. Por contra, si la derrama de la comunidad tiene como fin hacer innovaciones, mejoras o afrontar nuevas instalaciones con objetivos distintos a la conservación, seguridad o habitabilidad del inmueble y el importe excede de 3 mensualidades corrientes de gastos comunes, tu obligación de pagar desaparece y se puede votar en contra sin estar obligado al pago. En este caso, la negativa al pago incluye hasta aquellas obras que tras ser realizadas supongan una no privación de su uso por tu parte. Si la derrama tiene como objetivo la eliminación de barreras arquitectónicas y su coste no supere las 12 mensualidades corrientes de gastos comunes, todos los propietarios estarán obligados a pagar y no podrás rehusarte.

2026-08-08T17:03:05+02:00
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