Sociedad

Los docentes de universidad temporales no podrán superar el 20% de la plantilla

Dos estudiantes, en el campus de Leioa de la Universidad del País Vasco. Foto: Pablo Viñas
Dos estudiantes, en el campus de Leioa de la Universidad del País Vasco. Foto: Pablo Viñas

BILBAO – La futura Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), cuyo anteproyecto fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros, introducirá una serie de mecanismos para acabar con la "situación estructural de precariedad" en el ámbito académico. El anteproyecto establece que el número de docentes con contrato temporal no puede superar el 20%, frente al 40% que permite la actual ley (LOU). La norma contempla un aumento en la estabilización, pasando del 51% al 55% el porcentaje mínimo de profesorado funcionario que deben tener las universidades públicas. Además se abren varias vías para la estabilización del colectivo más precarizado, el profesorado asociado que no cuente con un trabajo principal fuera de la universidad y desee hacer carrera académica.

Por un lado, las universidades deberán hacer una reserva de plaza de mínimo el 15% para profesorado asociado con título de doctor y con una relación contractual previa mínima de cinco años con la universidad, en los programas de promoción y estabilización en aquellas universidades que tengan más del 15% de su plantilla, contada en efectivos, de profesorado asociado. Por otro lado, se crea la figura transitoria del Profesorado Contratado No Doctor destinada a personas que hayan tenido una relación contractual como docente durante un mínimo de cinco cursos académicos con el objetivo de que obtenga el título de doctor. Por último, la LOSU introduce en todos los concursos la equiparación entre los méritos de docencia y los de investigación. Eso sí, no se hará de la noche a la mañana ya que las medidas se desarrollarán "de forma gradual".

Evaluación docente El anteproyecto de ley elaborado por el ministro de Universidades, Manuel Castells, quien insistió que la norma "respeta escrupulosamente las competencias de las comunidades autónomas" da un paso significativo para garantizar la equidad en el acceso a la universidad. El texto concibe las becas de estudio como un "derecho" del alumnado y se establecerá un precio máximo para las matrículas. En este sentido, la ley determina que la Conferencia General de Política Universitaria en la que participan el conjunto de Comunidades Autónomas fijará anualmente el límite máximo de los precios de las matrículas.

Por primera vez, se introduce la evaluación permanente de la calidad de la actividad docente del profesorado. La fórmula la decidirán las universidades. Hasta ahora dicha evaluación está vinculada a la investigación a través de los conocidos sexenios, por los que el profesorado recibe unos pluses. En el caso de Euskadi, quien examina los méritos del profesorado es la Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco (Unibasq) que hasta hace poco dirigía la actual rectora de la UPV/EHU, Eva Ferreira.

Elección del rector La futura ley orgánica del Sistema Universitario Español (LOSU), la tercera en democracia, también incorpora un cambio en la designación de los rectores, un cargo reservado hasta la fecha a los catedráticos. De aprobarse la norma en el Congreso de los Diputados, podrá ser rector cualquier docente funcionario que cumpla tres requisitos: tener tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y haya desempeñado cargos en la universidad durante al menos cuatro años. Además de la elección directa por sufragio universal ponderado por todos los estamentos universitario, la norma prevé un segundo sistema de designación.

Las universidades, en sus estatutos, podrán crear un órgano específico para elegir al nuevo rector integrado por entre 20 y 30 miembros: la mitad conformado por personal docente e investigador (PDI), un 10% por el alumnado, otro 10% por personal de administración y servicios (PAS) y el 30% restante por personas de reconocido prestigio ajenas a la universidad. Los rectores elegidos solo podrán mantenerse en el cargo un máximo de seis años.

Ley orgánica del sistema universitario (LOSU)

un impulso a la tranferencia

5% del presupuesto a investigación. La futura Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) otorga una "alta relevancia" a la producción y transferencia del conocimiento. Para ello, las universidades deberán dedicar como mínimo un 5% de su presupuesto a la investigación. Además, las universidades públicas deberán establecer una reserva del 15% de entre las plazas permanentes para investigadores e investigadoras, promocionando el liderazgo de los y las jóvenes investigadoras, e impulsando la transferencia de conocimiento a entidades, instituciones y empresas. Además se potenciarán los doctorados industriales, la formación a lo largo de la vida y se reconocerán las pasarelas con la FP Superior.

Curso 2021-2022

Precariedad

Temporalidad La nueva reforma universitaria, presentada este martes al Consejo de Ministros, busca reducir la contratación temporal de docentes, rebajándola del actual 40% permitido al 20% y subiendo el porcentaje mínimo de profesorado funcionario del 51 al 55%.

Presupuesto

5% del PIB. El titular de Universidades, Manuel Castells, ha subrayado la intención de su departamento de incrementar la financiación de las universidades públicas hasta el 5% del PIB en una década, situando al Estado español en la media europea, a través de acuerdos con las comunidades.

Becas

un derecho. En el anteproyecto de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) se reconoce el derecho del alumnado a acceder a becas y ayudas al estudio en función de criterios socioeconómicos. Así se promueve la igualdad de oportunidades en el acceso a la universidad y en la permanencia del alumnado en las enseñanzas universitarias. Asimismo, la futura ley determina que la Conferencia General de Política Universitaria en la que participan el conjunto de Comunidades Autónomas establecerá anualmente el límite máximo de las matrículas.

Gobierno

elección al rectorado. Hasta ahora el cargo de rector o rectora estaba reservado a los catedráticos. De aprobarse la norma en el Congreso de los Diputados, podrá ser rector cualquier docente funcionario que cumpla tres requisitos: tener tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y haya desempeñado cargos en la universidad al menos cuatro años.

2021-09-02T05:43:01+02:00
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