Bizkaia

Kontsumobide multa con 30.000 euros a los cines de Megapark, Artea y Boulevard por no permitir meter palomitas ni bebidas

Las asociaciones de consumidores EKA-ACUV y Facua habían denunciado a la cadena Yelmo por esta política abusiva
Cartel que avisa de la prohibición de acceder a las salas de cine con comida y bebida del exterior | Oskar M.Bernal, Deia
Cartel que avisa de la prohibición de acceder a las salas de cine con comida y bebida del exterior | Oskar M.Bernal, Deia

Kontsumobide (el Instituto Vasco de Consumo) ha multado a la cadena Yelmo Cines con 30.001 euros prohibir a los usuarios/as acceder a sus instalaciones con comida y bebida adquirida fuera de sus cines.

La sanción impuesta no es aún firme, ya que Yelmo Cines ha presentado un recurso de alzada, con lo que aún no ha concluido el proceso administrativo.

Las asociaciones de consumidores EKA-ACUV y Facua habían denunciado a la cadena Yelmo por esta política abusiva, puesta en marcha desde el pasado mes de enero, al concluir las Navidades y empezar a prohibir el acceso a sus salas de cine en Euskadi de Megapark en Barakaldo, Artea y Boulevard de Vitoria, con alimentos comprados en el exterior, obligando a sus clientes a comprar en el establecimiento o bar de la misma empresa.

Hojas de reclamaciones

FACUA Euskadi señalaba en su denuncia administrativa que "la actividad principal de un cine es la exhibición de películas y no la restauración", por lo que no resultaba válido que se acogieran a esta excusa para impedir la entrada con comida y bebida del exterior cuando, además, dentro del propio recinto pueden adquirirse alimentos.

Desde Facua entendían que se limitaba "la elección del consumidor hasta para traer el agua de su casa", y de hecho, animaron a los espectadores a poner una hoja de reclamaciones porque consideraban "ilegal". 

En su web ECA/ACUV ha colgado el eslogan: "Al cine con tus palomitas gracias a EKA/ACUV".

Carteles con la prohibición

En las salas de cine de Megapark y de Artea, se instalaron carteles en los que se podía leer "la compañía no permite el acceso a estas instalaciones con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera de YELMO, reservándose por tanto el derecho de admisión" amparándose en el artículo 51.3 del Decreto 17/2019, que regula el derecho de admisión en Espectáculos, Públicos y Actividades Recreativas en Euskadi: "Tales condiciones específicas pueden venir referidas a las condiciones de admisión; limitaciones de entrada y salida del espectáculo o actividad cuando las actividades ya estén iniciadas y antes de su finalización; límites al consumo de bebida o comida o a la introducción de aparatos electrónicos u otro tipo de objetos; acceso de animales, etc. y podrán ser diferentes en función de los eventos o de las actividades que se realicen"



2023-12-04T12:54:18+01:00
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