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Dos años de cárcel para el empresario y el empleado que quemaron a una mujer en una 'escape room' de Granada

Las pruebas de la sala de escape incluían meter a los participantes en un baúl, maniatarlos o simular una horca
Complejo judicial La Caleta, en Granada.
Complejo judicial La Caleta, en Granada. / EP

Actualizado hace 4 minutos

El Juzgado de lo Penal 5 de Granada ha condenado a dos años de prisión al empresario y a uno de los trabajadores de un juego de escape de Cájar en el que una mujer sufrió quemaduras graves porque le rociaron por accidente gasolina y le prendieron fuego.

La sentencia, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso EFE, ha absuelto a otro de los operarios que trabajó el día del accidente, un empleado sin contrato para el que la Fiscalía retiró todos los cargos el día del juicio, que se celebró este pasado junio.

Los hechos se remontan al 26 de junio de 2022, cuando un grupo de amigos decidió participar en un 'escape room' de Cájar, una actividad que se desarrollaba en una casa en la que tenían que completar pruebas y resolver enigmas para salir.

El grupo contrató la actividad en la modalidad de 'hardcore' para que fuera más intenso y cada uno de los participantes pagó 25 euros por la aventura, según explicaron durante el juicio.

En la vivienda estaban en ese momento un trabajador con contrato, ahora condenado, y otro que no lo tenía.

Encerrados en un baúl o maniatados

Entre los dos dirigían el juego de pruebas con una planificación que incluía meter a los participantes en un baúl, maniatarlos, simular una horca y rociarlos con un líquido que debió ser agua aromatizada con gasolina.

El día de los hechos, la mezcla no se había hecho y el trabajador condenado roció con una garrafa a la víctima, a la que después acercó dos veces un mechero que ella sopló. En el tercer intento, se produjo una deflagración y ella se incendió.

La víctima estuvo un mes en coma y medio año hospitalizada.

En el juicio, declaró que advirtió al trabajador de que olía demasiado a gasolina, aunque no fue suficiente para evitar que saliera ardiendo, con el 40 % del cuerpo afectado.

"Resulta acreditado un absoluto incumplimiento del deber de cuidado y una dejación especialmente intolerable de las medidas elementales de seguridad, que determinan que su conducta sea calificada de imprudencia grave", ha explicado la titular del Penal 5 para condenar al trabajador.

La sentencia condena al empresario y al trabajador dado de alta como autores de un delito de lesiones por imprudencia grave a dos años de cárcel y absuelve al tercer procesado.

Por otro lado, la acusación particular, que ejerce Manuel Fernández de Hispacolex, ha derivado a la vía social la indemnización y responsabilidades por las lesiones de la víctima.

2026-07-27T14:39:49+02:00
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