La organización de las finanzas personales es esencial para alcanzar, en la medida de lo posible, cierta tranquilidad económica. Requiere tiempo, metodología y paciencia y en él no puede faltar el análisis del estado de las cuentas, gracias al cual se conoce el detalle de los ingresos y gastos que se tienen en un periodo de tiempo.
También sirve de ayuda para conocer la capacidad de endeudamiento de cada uno, sobre todo si se quiere solicitar un préstamo o una hipoteca.
La capacidad de endeudamiento es, según indican desde el Banco de España, "el porcentaje de ingresos netos que pueden destinarse al pago de deudas, con sus intereses, sin comprometer la viabilidad y compromisos económicos de tus ingresos y/o de la familia". O lo que es lo mismo, es la capacidad máxima de endeudamiento que una persona puede asumir sin poner en riesgo su posición económica. Teniendo conocimiento de ese dato, se tomarán medidas para evitar endeudarse por encima de las posibilidades.
No debe superar el 40% de los ingresos netos mensuales
La cuantía no debería, según los expertos, sobrepasar el 40% de los ingresos netos mensuales. Eso sí, hay que tener en cuenta que ese porcentaje es el máximo recomendado, que incluye las cuotas de otras deudas, como puede ser el préstamo del coche o las compras a plazos, entre otros. Dicho de otra forma, una persona o familia necesita disponer, como mínimo, del 60% de sus ingresos netos mensuales para comer, pagar las facturas y, con planificación, ahorrar cada mes.
“ Una operación en la que se tienen en cuenta tanto los gastos como los ingresos ”
Factores que miden la capacidad de endeudamiento
Teniendo esta información en consideración, son varios los factores que determinan, en mayor o menor medida, la capacidad de endeudamiento de una persona. Está, por un lado, la capacidad para generar ingresos mediante la actividad laboral que se desempeña y, por otro, la solvencia económica de la persona, en la que también se incluyen sus bienes inmobiliarios.
“ Un porcentaje que las entidades bancarias evalúan como paso previo a conceder o denegar el préstamo o hipoteca solicitado. Para calcularlo se deben restar los gastos a los ingresos y el resultado obtenido multiplicarlo por 0,35. ”
Tampoco se deben pasar por alto “los avales procedentes de terceros o la existencia de otros recursos o ahorros para el pago, como pueden ser acciones, fondos de inversión o propiedades”, según detallan desde el Banco de España.