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La justicia ordena repetir el juicio al anciano que mató a un ladrón en su casa de Mallorca

El TSJIB estima un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y declara nula la absolución del octogenario
A la derecha, sentado tras los abogados y el fiscal, el anciano que mató a un ladrón que asaltó su casa en 2018.
A la derecha, sentado tras los abogados y el fiscal, el anciano que mató a un ladrón que asaltó su casa en 2018.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha ordenado la repetición del juicio contra Pau Rigo, acusado de matar a tiros a un ladrón que entró en su casa de Porreres (Mallorca) en 2018.

El Tribunal declara nula la sentencia absolutoria por infracción de normas esenciales de procedimiento causantes de indefensión, en relación con el veredicto y las mayorías necesarias para su obtención, según ha informado el TSJIB.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJIB ha estimado así el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia que absolvió a Rigo, acusado de matar a tiros a un ladrón que entró en su casa en el año 2018.

El Tribunal declara nula la sentencia absolutoria y ordena la repetición del juicio por infracción de normas esenciales de procedimiento causantes de indefensión, en relación con el veredicto y las mayorías necesarias para su obtención.

Otro jurado y magistrado

Según la resolución, la vista deberá celebrarse con otro jurado popular y distinta magistrada o magistrado presidente. "Revisando lo actuado, formamos convicción, en coincidencia con la solicitud del Ministerio Fiscal, de que procede anular la misma y el juicio celebrado, sin que quepa hacerlo parcialmente conservando la condena de los acusados por robo, dado que los hechos enjuiciados no resultan escindibles", señalan los magistrados.

El Tribunal hace referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional referente a la nulidad de una sentencia absolutoria dictada en sede de Jurado y anulada por el TSJ por falta de motivación del veredicto. El pronunciamiento del TC "resulta de aplicación al supuesto sometido a examen".

Los magistrados estiman la pretensión anulatoria de la Fiscalía por lo que no entran a resolver la apelación del resto de defensas. Cabe recordar que, el pasado 7 de mayo, el Tribunal celebró una vista en la que la Fiscalía y la representación procesal de dos de los encausados solicitaron la nulidad de la sentencia y por tanto la repetición del juicio.

En cambio, la defensa de Rigo defendió que no debía admitirse a trámite el recurso de apelación y confirmar la sentencia absolutoria. La decisión no es firme, cabe recurso de apelación.

2024-05-10T13:04:12+02:00
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