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Hasta 15 años de cárcel para tres condenados por la violación grupal de una menor en Écija

Según la sentencia, deberán además indemnizar a la víctima con 80.000 euros
Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla. / EP

Actualizado hace 4 minutos

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto penas de trece años y seis meses de prisión a dos acusados, y de quince años a un tercero, por la agresión sexual cometida contra una menor en Écija (Sevilla) en abril de 2024 aprovechando que se encontraba "dormida" y "bajo una borrachera casi completa".

Según la sentencia, consultada por Europa Press y facilitada por el TSJA, fechada el 14 de abril, deberán además indemnizar a la víctima con 80.000 euros.

El abogado de la acusación particular, Alejandro Álvarez, ha mostrado su "respeto" y "satisfacción" con la resolución, mientras que la familia ha afirmado que el fallo supone un "paso decisivo en la restitución de la dignidad, la verdad y la justicia" de la víctima.

El tribunal reconoce que se trata de una “violación grupal”, pero señala dificultades jurídicas para apreciar “intimidación ambiental” debido a la pérdida de conciencia de la víctima, que tenía la voluntad anulada por la grave afectación alcohólica. Aun así, subraya que existió ausencia de consentimiento y que los hechos encajan en la modalidad agravada por actuación conjunta de varias personas.

HECHOS PROBADOS

La sentencia detalla que la víctima, tras una noche de fiesta con consumo de alcohol, quedó “dormida profundamente” en el vehículo y fue llevada a un descampado, donde ocurrieron los hechos. El tribunal destaca que su testimonio fue “persistente y verosímil”, corroborado por otras pruebas, y concluye que la menor estaba “incapacitada para prestar un consentimiento libre y válido”.

Uno de los acusados ha sido condenado a la pena máxima de quince años por la reiteración de penetraciones vaginal, anal y bucal, mientras que los otros dos han recibido trece años y seis meses de prisión al situarse la pena en un grado medio del arco punitivo. La Audiencia fija además la expulsión del territorio español tras el cumplimiento de parte de la condena y una prohibición de regreso de ocho años, junto con la indemnización conjunta de 80.000 euros por el daño moral y las lesiones acreditadas. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSJA.

2026-04-17T09:39:49+02:00
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