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Elkarrekin Podemos-Alianza Verde y Sumar notifican a la Junta Electoral las coaliciones

EH Bildu, aunque está integrado por Sortu, Eusko Alkartasuna y Alternatiba, no tiene que cumplimentar este trámite porque no es oficialmente una coalición, sino una federación de partidos inscrita como tal en el Registro de Partidos Políticos desde 2014
Una mujer deposita su voto en la urna
Una mujer deposita su voto en la urna

Elkarrekin Podemos-Alianza Verde y Sumar han notificado ya a la Junta Electoral de la comunidad autónoma las coaliciones con las concurrirán a las elecciones vascas del 21 de abril.

Este viernes, a medianoche, finaliza el plazo para que los partidos y federaciones que establezcan un pacto de coalición para concurrir conjuntamente a los comicios lo comuniquen a la Junta Electoral haciendo constar la denominación de la coalición, las normas por las que se rige y las personas titulares de sus órganos de dirección o coordinación, según establece de Ley de Elecciones al Parlamento Vasco.

Fuentes de este órgano electoral han confirmado a EFE que ya ha formalizado este trámite Podemos y Alianza Verde, con la marca Elkarrekin Podemos-Alianza Verde.

También se ha registrado la marca Sumar, una coalición formada por Sumar Mugimendua, Ezker Anitza-IU, Equo-Berdeak y Más Euskadi.

EH Bildu, aunque está integrado por Sortu, Eusko Alkartasuna y Alternatiba, no tiene que cumplimentar este trámite porque no es oficialmente una coalición, sino una federación de partidos inscrita como tal en el Registro de Partidos Políticos desde 2014.

Plazos

A partir de ahora, los plazos para las candidaturas son los siguientes: entre el 13 y el 18 de marzo los partidos, coaliciones y agrupaciones deberán registrar sus planchas en las juntas electorales de los tres territorios y el 20 se publicarán las listas en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Tras la subsanación de irregularidades y de posibles impugnaciones el 25 las juntas electorales proclamarán las candidaturas y el 26 se publicarán en el BOPV.

El plazo oficial no finaliza aquí ya que a partir de ese momento cualquier candidato excluido y los representantes territoriales de las candidaturas dispondrán de de dos días, el 27 y 28, para interponer recurso contra los acuerdos de proclamación de las juntas electorales ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

La resolución judicial habrá de dictarse en los dos días siguientes a la interposición del recurso, entre los días 28 y 30.

En ese momento habría incluso la posibIlidad de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, entre el 29 de marzo y el 1 de abril, cuya resolución se deberá resolver y publicar como muy tarde el 4 de abril.

2024-03-09T11:07:02+01:00
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