Navarra

El TSJN ratifica la condena de cuatro años de prisión para un profesor de Pamplona por agredir sexualmente a una alumna de 10 años

La Sala de lo Civil y Penal rechaza el recurso del docente y confirma la inhabilitación de diez años para trabajar con menores tras los tocamientos ocurridos en un centro educativo
Exterior de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Iñaki Porto
Exterior de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Iñaki Porto

Actualizado hace 2 horas

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado íntegramente la pena de cuatro años y un día de prisión impuesta a un profesor de un centro escolar de Pamplona por un delito de agresión sexual. Los magistrados ratifican así la sentencia dictada el pasado mes de marzo por la Audiencia Provincial, tras quedar probado que el docente realizó tocamientos a una alumna de apenas 10 años durante el tiempo de recreo.

El fallo, que todavía admite recurso ante el Tribunal Supremo, mantiene además una serie de medidas accesorias. El procesado, que cuenta con 49 años de edad, tiene prohibido comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante un periodo de seis años. Una vez cumplida la pena privativa de libertad, el tribunal establece otros cinco años de libertad vigilada. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la menor con 4.000 euros por el daño moral causado y afrontará una inhabilitación especial de diez años para cualquier actividad, profesional o voluntaria, que implique contacto con menores.

El engaño en el almacén de calderas

Los hechos, según el relato judicial ahora ratificado, se desencadenaron el 18 de marzo de 2024, alrededor de las 10:45 horas. El acusado se encontraba realizando labores de vigilancia en el patio del colegio durante el recreo cuando abordó a la víctima y a una amiga con el pretexto de que le ayudaran a localizar unas pelotas de velcro. Bajo este engaño, las condujo hasta el almacén de la sala de calderas.

Una vez allí, el docente colocó un pupitre junto a un armario de grandes dimensiones y convenció a la niña de que las pelotas estaban atrapadas entre el mueble y la pared. Para "liberarlas", le indicó que debía subirse al borde del pupitre y dar saltos repetidamente para tratar de mover el armario, mientras él supuestamente hacía presión desde atrás. La sentencia subraya que, con un "evidente ánimo lascivo", el profesor se situó a espaldas de la menor y se restregó contra ella durante varios minutos.

Una versión de la defensa "incongruente"

La defensa del profesor centró su recurso en tratar de invalidar la inspección ocular de la Policía Foral, realizada un mes después de los hechos, y en poner en valor la trayectoria de más de 20 años del docente en el centro. Sin embargo, los magistrados del TSJN han sido tajantes al desestimar estas alegaciones. Para la Sala, las fotografías del informe policial reflejan con fidelidad las dimensiones del escenario y el propio acusado reconoció en su día la posición que ocupaba.

El tribunal califica de "incongruente desde cualquier punto de vista racional" la explicación del acusado. Resulta inverosímil, según los jueces, que para buscar unas pelotas se pretendiera mover un armario de 3,20 metros de largo y 1,87 de alto mediante los saltos de una niña de 10 años sobre un pupitre. Los magistrados sostienen que toda esta dinámica fue orquestada únicamente para "lograr la posición corporal apetecida" por el agresor, quien incluso llegó a quitarse una sudadera que llevaba atada a la cintura para colocarla sobre el pupitre antes de que la niña subiera.

El impacto emocional y la credibilidad de la menor

Uno de los pilares de la ratificación de la condena ha sido la coherencia y veracidad del testimonio de la víctima. La menor, tras el episodio, se sintió "acosada y utilizada". Al regresar al patio, rompió a llorar y contó lo sucedido a sus padres de forma inmediata al salir del colegio. Esta "inmediatez temporal" es, para el TSJN, una prueba de peso que otorga verosimilitud al relato, reforzada además por los informes de la psicóloga forense, que calificó el testimonio como "altamente creíble".

Las secuelas psicológicas en la niña han sido evidentes desde los primeros meses, presentando pesadillas, recuerdos intrusivos, sentimientos de culpa y tristeza, así como una notable incomodidad ante las muestras de afecto de familiares varones. El tribunal destaca que la afectación fue tan clara que incluso el propio profesor se percató en el momento y trató de darle explicaciones tras ver su reacción.

La atenuante que no reduce la pena

El único punto del recurso que ha sido estimado parcialmente es la apreciación de la atenuante de reparación del daño, debido a que el profesor consignó 6.000 euros antes de la celebración del juicio. No obstante, esta circunstancia no ha tenido un efecto práctico en la duración de la condena. Los magistrados explican que, dado que la Audiencia Provincial ya había impuesto la pena en su límite mínimo legal, la aplicación de esta atenuante "simple" no permite una rebaja mayor de los cuatro años y un día de cárcel ya estipulados.

2026-07-03T05:54:14+02:00
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