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La Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa ha dictado sentencia contra el profesor de enseñanza secundaria de un instituto de Irun acusado de hostigar a sus alumnas durante el curso 2023-2024. El tribunal le ha impuesto una pena de cuatro años y medio de prisión como autor de dos delitos de acercamiento sexual a menores de 16 años a través de internet -conocido como child grooming- y un delito de amenazas condicionales. La resolución, que no es firme, incluye además 20 días de localización permanente por un delito leve de acoso sexual y cuatro años de libertad vigilada una vez cumplida la estancia en la cárcel.
Aunque la Fiscalía solicitaba inicialmente 22 años de prisión, el tribunal ha decidido absolverlo de los delitos de solicitud de favores sexuales bajo precio y exhibicionismo, al no quedar acreditado que se realizaran actos sexuales concretos a cambio de dinero o que se enviaran vídeos de contenido íntimo.
Un lenguaje de "aparente colegueo"
Los hechos probados detallan que el condenado, que ya había sido suspendido anteriormente por conductas inadecuadas en otro centro, utilizaba su posición de superioridad docente para aproximarse a estudiantes especialmente vulnerables del aula de diversificación curricular. Bajo un perfil ficticio en una red social, el acusado entabló conversaciones con tres menores -dos de 15 años y una de 13- marcadas por un lenguaje de "aparente colegueo" y manifestaciones de carácter sexual.
El tribunal destaca que el profesor "preparaba el terreno" mediante propuestas de encuentros físicos, referencias a su aspecto y alusiones a figuras como el sugar daddy, con el objetivo de estrechar un "cerco de seducción" que no llegó a consumarse por la intervención de la dirección del instituto.
Para el fallo ha sido determinante el testimonio "sólido y persistente" de las víctimas, cuyas declaraciones han permitido desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. El tribunal ha rechazado frontalmente la versión del profesor, quien durante la vista oral alegó ser él el "objeto de deseo" de las menores.
Asimismo, la sentencia ratifica la culpabilidad por amenazas, ya que se probó que el docente envió un correo electrónico masivo a los alumnos advirtiéndoles de acciones legales si no destruían las capturas de pantalla de sus conversaciones. Según la Audiencia, el propósito inequívoco de este mensaje era infundir temor para eliminar evidencias digitales que el propio acusado sabía que eran "absolutamente impropias".