Navarra

El TAN obliga a UPN a devolver una subvención a la Comisión de Fiestas de San Fermín Txikito

El Tribunal considera que el Ayuntamiento de Pamplona actuó “con exceso de celo interpretativo” al retirar la ayuda por un anuncio de carácter reivindicativo en el programa de fiestas
San Fermín Txikito ya inunda Pamplona
San Fermín Txikito ya inunda Pamplona

El Tribunal Administrativo de Navarra obliga al Ayuntamiento de Pamplona a devolver una subvención otorgada el pasado año a la Comisión de Fiestas del Casco Viejo con motivo de San Fermín Txikito, retirada posteriormente por un anuncio “de carácter político o reivindicativo” en el programa festivo. El TAN considera que el Ayuntamiento actuó “con exceso de celo interpretativo”, estima el recurso de la Comisión de Fiestas y resuelve que el Consistorio mantenga la cuantía asignada, que asciende a 4.343 euros.

La Comisión de Fiestas del Casco Viejo recibió en agosto del pasado año 7.821 euros de la convocatoria municipal de subvenciones para asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la participación ciudadana. El Ayuntamiento de Pamplona requirió posteriormente el reintegro de 4.343 euros aludiendo que el programa de fiestas de San Fermín de Aldapa contenía anuncios de carácter político y reivindicativo. “En dicho programa se recoge una actividad, descrita y publicitada en la página 67 como Enkartelada Berezia, con mención expresa en favor de los presos pertenecientes a la banda terrorista ETA”, argumentó el Consistorio. Y motivó su exigencia en base a la Ordenanza General de Subvenciones, que estipula el reintegro total o parcial de la cuantía si se “realizan actividades que contengan actos de carácter político o reivindicativo”. 

La Comisión de Fiestas alegó que tanto la entidad organizadora como el acto en cuestión estaban “legalmente autorizados” y que en el anuncio “no se contenía ninguna mención expresa a favor de los presos de la banda terrorista ETA”.

Y esgrimió que limitarse a anunciar, previo pago, en un folleto actos que se van a llevar a cabo durante las fiestas, aun cuando algunos tengan cierto carácter político o reivindicativo, no equivale a la realización de actividades de esta índole. Quienes realizan tales actos son otras entidades ajenas a la Comisión.

“Evidentemente –cita la resolución del TAN– no es lo mismo ‘realizar’ o ‘llevar a cabo’ un acto que limitarse a insertar, previo pago, un anuncio informativo sobre su futura realización por otra entidad distinta de la Comisión de Fiestas. El informe municipal pretende que una práctica legalmente admisible en medios de comunicación de cualquier signo o tendencia, como es la inserción de publicidad pagada por entidades legales de carácter político o reivindicativo, sea considerada causa de pérdida total de una subvención legalmente otorgada”. “El exceso de celo interpretativo municipal salta a la vista”, añade el Tribunal, que anula la actuación del Consistorio “por no ser conforme a Derecho, manteniéndose, por ende, el importe de la subvención concedida por Resolución del concejal delegado de Educación, Participación Ciudadana y Juventud del Ayuntamiento de Pamplona”.

2023-09-23T17:09:03+02:00
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