Economía

Contaminación acústica: horarios y decibelios máximos permitidos en casa

El exceso de ruido, puede ser motivo de conflictos vecinales y, en ocasiones, hasta de problemas legales
Si se superan los niveles permitidos se puede denunciar
Si se superan los niveles permitidos se puede denunciar / Magnific

Sufrir contaminación acústica por parte de un vecino es, probablemente, uno de los quebraderos de cabeza que más malestar genera.

Un término al que el artículo 3 de Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, se refiere como “presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente”.

Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en el Estado en el año 2023 un 23,5% de personas declaraba problemas de ruidos producidos tanto por vecinos como del exterior. Mientras, en ese mismo año en la Unión Europea este valor fue del 18,2%.

“ Según el INE, un 23,5% de las personas declara problemas de ruidos de vecinos y del exterior ”

Normativa municipal

Con todo ello encima de la mesa, hay una serie de normativas cuyo conocimiento conviene tener. Una de las primera cuestiones a tener en cuenta es que el límite horario para hacer ruido en casa no se establece con una ley estatal, sino que depende las normativas autónomas y municipales.

Como norma general las franjas horarias estipuladas por la Ley 37/2003 del 17 de noviembre, el Real Decreto 1367/2007 y la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para hacer ruido en casa son: de lunes a viernes entre las 08.00 de la mañana y las 21.00 o 22.00 horas de la noche y los fines de semana o los festivos, de 09.30 de la mañana a 21.00 horas de la noche. Aunque sin perder la perspectiva de que son los propios municipios quienes, mediante una ordenanza municipal, establecen dicho horario.

Es esencial tener en cuenta que la franja nocturna es considerada de descanso, por lo que cualquier ruido que supere los niveles permitidos puede ser denunciado.

“ El incumplimiento de las normas de ruido está sancionado económicamente ”

Máximo de decibelios 

Pero no solo se establece un horario, también un máximo de decibelios por franja horaria.

Según recoge la normativa, cada franja va determinada por un máximo de decibelios que no deben ser superiores a los 35-45 decibelios durante el día, y no sobrepasar los 30-35 decibelios durante la franja de la noche.

Horarios y decibelios por territorios

La ordenanza nº 10 sobre niveles sonoros de Pamplona establece que de 07:00 a 23:00 horas son 40 dBA y de 23:00 a 07:00 horas de 30 dBA. 

La CAV prohíbe hacer ruido entre las 23:00 y las 7:00 horas, aunque los ayuntamientos y administraciones tienen la posibilidad de ampliar estos límites hasta dos horas.

Sanciones y multas

El incumplimiento de las normas de ruido está sancionado económicamente y su cuantía varía según la gravedad de la infracción. Las infracciones leves, superar hasta 4 decibelios el límite permitido, están sancionadas con hasta 750 euros, las graves, entre 4 y 7 decibelios, con multas de 751 a 1.500 euros y las muy graves con multas superiores a 1.500 euros. Estas suelen asociarse a actividades que superen ampliamente los niveles permitidos, más de 7 decibelios, o afecten a un gran número de personas. Todo ello se contempla en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y en las ordenanzas municipales.

2026-10-25T06:05:09+01:00
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