Desde siempre, todos los objetos y papeles relacionados con el coche se han guardado en la guantera. Ya sean recibos, permiso, pólizas, etc., este ha sido el lugar donde la mayoría de conductores acostumbra a dejar estos objetos. No obstante, la digitalización ha irrumpido con fuerza y ha facilitado las cosas, pudiendo guardar todos estos documentos directamente en el móvil.
Esto plantea una serie de dudas: ¿cuáles son los documentos que deberíamos tener cuando estamos a volante? ¿Qué es imprescindible tener en el teléfono? ¿Valen las fotocopias? ¿Qué pasa si viajamos al extranjero?
Documentación obligatoria para conducir
La DGT (Dirección General de Tráfico) afirma que son tres los documentos obligatorios y en vigor para poder conducir: el permiso de conducir (autorización del conductor), el permiso de circulación (identificación del vehículo) y la tarjeta ITV (ficha de características y homologación técnica).
Esto también se aplica cuando se está al mando de un vehículo de alquiler, por lo que, antes de emprender un viaje, es fundamental revisar que toda la documentación necesaria es correcta y vigente.
Un agente revisa documentación bajo la atenta mirada de una mujer.
Di adiós a la guantera: todo en el móvil
Gracias a aplicaciones como miDGT, todo usuario de la vía dispone de todos los documentos oficiales a un solo clic. Además de ser igual de ávidos a nivel legal, la app también permite entrar en la ficha técnica electrónica y consultar otros datos acerca del automóvil.
Así las cosas, la guantera, ubicación en la que tendemos a llevar todos los documentos relacionados con el coche, pasa a un segundo plano. Resulta mucho más rápido, sencillo y cómodo utilizar el móvil que andar rebuscando entre los papeles.
La documentación se puede consultar directamente desde el móvil
No todos los documentos son obligatorios
Muchos conductores caen en un error bastante habitual: creer que se debe llevar siempre una copia de la póliza o el último recibo pagado. Nada más lejos de la realidad: desde el año 2008, no es obligatorio llevar ninguno de los dos documentos dentro del vehículo.
Aunque ya no es necesario llevar el recibo del seguro físicamente en el coche, el vehículo debe contar con un seguro obligatorio. De lo contrario, nos encontraríamos ante un grave incumplimiento de la ley vial.
Mujer realiza una llamada telefónica desde l interior del coche mientras revisa la documentación del vehículo
Mucho cuidado con las fotocopias
De acuerdo con la DGT, si optamos por el formato físico, se deben llevar documentos originales o copias compulsadas. Es decir, una fotocopia normal no equivale a una copia válida, por lo que no valdrá como alternativa al documento original.
Esto implica asegurarse de que las copias han sido correctamente compulsadas antes de llevarlas. De todas maneras, también se puede recurrir a la documentación digital disponible a través de miDGT.
Un permiso de conducir.
¿Qué ocurre en otros países?
Al momento de viajar en coche al extranjero, es esencial recordar que la documentación disponible no siempre vale: se recomienda comprobar con mucha antelación cuál es la identificación oficial que solicita el país en cuestión.
Si bien el carnet funciona dentro de la Unión Europea, desplazarse fuera de estas fronteras podría exigir disponer de un permiso internacional. Una vez más, echar un vistazo a las condiciones del destino facilitará la estancia del conductor.
Una persona ante el volante
La última reforma de circulación
Dejando a un lado estas recomendaciones, existen normativas que van a cambiar el funcionamiento de la vía a partir de ahora. El pasado jueves, 1 de octubre de 2026, entró en vigor el Real Decreto 518/2026. Esta reforma de la DGT cambia algunos aspectos del Reglamento General de Circulación, con el objetivo de proteger a los usuarios más vulnerables en las carreteras.
Una de las nuevas reglas afecta directamente a los ciclistas. Al adelantarlos, se tendrá que reducir la velocidad en al menos 20 km/h por debajo del límite y mantener una separación de 1,5 metros. Y, en ciudad, los coches guardarán cinco metros de distancia con las bicicletas.
En lo que a los motoristas se refiere, el uso de guantes y calzado cerrado en cualquier vía será obligatorio, bajo una sanción de 200 euros. Cuando se produzcan atascos, tendrán permitido circular por el arcén derecho señalizado a un máximo de 30 km/h.
Respecto a las retenciones que surjan en las autovías, todo conductor deberá apartarse para habilitar un carril de emergencia; no hacerlo supondría una multa de 200 euros. Por último, los peatones tendrán prioridad absoluta de paso en calles de plataforma única.