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La Euskal Herriko Unibertsitatea (EHU) ha anunciado que presentará un recurso contra la decisión adoptada por varios juzgados que ordena no tener en cuenta la calificación de Euskera y Literatura II en el cálculo de la nota de acceso y de admisión a la universidad de los estudiantes que han recurrido la PAU.
Los autos judiciales establecen que la nota de esta asignatura quede en suspenso a efectos del cálculo de la calificación final y de los procesos de preinscripción, adjudicación de plazas y matrícula de los demandantes. Además, requieren a la universidad que reserve la plaza correspondiente mientras se resuelve el procedimiento.
Una medida "de imposible cumplimiento"
La EHU sostiene que esta resolución es "de imposible cumplimiento", ya que el sistema de acceso a la universidad no contempla la reserva individual de plazas al margen del procedimiento ordinario.
La institución recuerda que las plazas se adjudican exclusivamente en función de la nota de acceso y del número de vacantes disponibles en cada titulación, respetando el orden de prelación de todos los aspirantes. Por ello, considera que reservar una plaza a una persona concreta, independientemente de su calificación, supondría alterar el sistema y afectar a los derechos del resto del alumnado.
La universidad alerta de un perjuicio para el resto del estudiantado
La universidad pública vasca defiende que, aunque las medidas cautelares buscan evitar perjuicios irreparables para quienes han recurrido, su aplicación podría provocar precisamente ese efecto sobre el resto de estudiantes que han realizado la PAU bajo las mismas condiciones.
En este sentido, advierte de que modificar el procedimiento ordinario de adjudicación de plazas situaría en una posición de "desprotección" al conjunto de aspirantes y rompería el principio de igualdad que debe regir el acceso a la universidad pública.
La EHU defiende la aplicación de la normativa estatal
La EHU asegura haber actuado en todo momento conforme a la legislación vigente y, en concreto, al Real Decreto 534/2024, que regula los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.
La norma establece que, en las comunidades autónomas con dos lenguas oficiales, el alumnado debe acreditar sus competencias lingüísticas en ambas, por lo que la calificación de Euskera y Literatura II forma parte del cálculo de la nota de acceso y de admisión en los términos previstos por la legislación estatal.