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El nuevo Decreto de Amarres elaborado por el Gobierno Vasco incorpora módulos de amarre para facilitar la asignación de plazas y amplía las posibilidades a zonas de fondeo y varada en seco. El Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco ha presentado este viernes el nuevo Decreto de Amarres, que actualizará la regulación de las plazas de amarre y de varada en seco para embarcaciones náutico recreativas en Euskadi y sustituirá a la normativa vigente desde 2017.
En una rueda de prensa, la consejera del Departamento, Amaia Barredo, ha señalado que esta nueva regulación busca adaptar la gestión de estos espacios a la evolución de la náutica recreativa, simplificar y clarificar los procedimientos de adjudicación y reforzar la seguridad jurídica, la objetividad y la equidad en el acceso a las plazas.
Novedades
Según ha precisado, la nueva regulación introduce cambios relevantes tanto en la forma de adjudicar los amarres como en la gestión posterior de las plazas y de las listas de espera.
Entre las principales novedades se encuentra la sustitución del actual sistema basado en el máximo aprovechamiento de la lámina de agua por un sistema de módulos de amarre, con categorías definidas previamente en cada convocatoria en función de las dimensiones de las embarcaciones.
Según ha indicado Barredo, el Gobierno Vasco responde así a algunas de las dificultades detectadas durante la aplicación de la normativa de 2017, especialmente en la asignación de plazas, la gestión de las listas de espera y la aplicación de criterios como la maniobrabilidad o la medición de las embarcaciones.
Por lo tanto, el nuevo decreto establece que las plazas se organizarán en módulos de amarre, definidos por su longitud y anchura y, cuando se sitúen en la lámina de agua, también por el calado máximo de la embarcación. Cada convocatoria establecerá las diferentes categorías de módulos y las condiciones que deberán cumplir las embarcaciones para acceder a cada una de ellas.
De esta forma, según ha destacado la consejera, la adjudicación deja de depender exclusivamente del aprovechamiento máximo del espacio disponible y pasa a realizarse sobre categorías previamente definidas, con criterios conocidos y homogéneos.
Además, ha manifestado que el nuevo modelo amplía además las posibilidades de ubicación de las plazas. Junto a los amarres en la lámina de agua de las zonas portuarias de uso náutico recreativo, podrán contemplarse zonas de fondeo en el dominio público portuario o marítimo-terrestre, marinas secas y espacios de varada en seco, así como fórmulas que combinen distintas modalidades.
Baremo
La regulación también contempla expresamente las embarcaciones que desarrollen actividades de transporte mediante visitas o excursiones con fines educativos, culturales o turísticos, hasta un máximo de 150 pasajeros. Las de hasta 20 pasajeros podrán optar a plazas en pantalán, mientras que las de mayor capacidad podrán acceder a zonas de fondeo específicamente delimitadas.
Según han explicado, para las embarcaciones destinadas a usos recreativos y deportivos, las plazas se adjudicarán mediante libre concurrencia y un baremo de hasta 100 puntos.
El sistema valorará, entre otros aspectos, la vinculación de la persona solicitante con la zona, su vecindad administrativa y las características de la propia embarcación, incluyendo su sostenibilidad y su valor como patrimonio.
En concreto, se valorará con mayor puntuación la vinculación con la zona náutico-recreativa y la pertenencia previa a sus listas de espera. La vecindad administrativa tendrá también un peso específico: se establecen cuatro niveles, desde las personas empadronadas en el municipio o municipios colindantes hasta quienes no se encuentren en ninguno de los niveles anteriores.
El baremo incorpora además cinco puntos por igualdad de género cuando la persona solicitante sea mujer y otros cinco puntos por relevo generacional cuando sea menor de 35 años.
En cuanto a las embarcaciones, se concederán hasta 10 puntos por sostenibilidad para aquellas cuya propulsión principal sea mediante viento, remo, electricidad, hidrógeno u otras soluciones similares, y cinco puntos para embarcaciones con motores térmicos o de combustión de hasta 36 kW.
También se reservan cinco puntos para las embarcaciones inscritas en el registro de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares. En caso de empate a puntos, la nueva regulación establece el sorteo ante notario como mecanismo de desempate.
"Con este baremo queremos que la adjudicación responda a criterios claros y conocidos de antemano y que, además de la situación de cada solicitante, permita reconocer la vinculación con los municipios costeros, la incorporación de mujeres y jóvenes a la actividad náutica y el compromiso con la sostenibilidad y el patrimonio marítimo", ha señalado la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, Amaia Barredo.
Listas de espera y plazas
Otra de las principales novedades afecta a las listas de espera, que quedarán vinculadas a cada categoría de módulo de amarre y se mantendrán abiertas de forma permanente hasta que se publique una nueva convocatoria, permitiendo la incorporación de nuevas solicitudes.
Las listas se actualizarán al final de cada trimestre y se publicarán en la página web de la Administración portuaria. Las personas inscritas deberán ratificar anualmente, durante el mes de enero, su voluntad de permanecer en ellas. Además, cada persona y embarcación únicamente podrá estar inscrita en una lista de espera de una única zona náutico-recreativa.
Las solicitudes que no obtengan plaza en una convocatoria pasarán a la lista de espera correspondiente a la categoría de módulo solicitada, de manera que el sistema permitirá gestionar las vacantes siguiendo el orden establecido en cada lista.
El nuevo decreto incluye asimismo un régimen específico para las personas mayores de 80 años que ya cuentan con un título de uso de amarre en el puerto correspondiente. Cada convocatoria podrá reservar para ellas hasta un 10% de las plazas, mediante autorizaciones de tres años prorrogables por otros dos. La asignación se realizará por edad, dando prioridad a las personas de mayor edad, y quienes no obtengan una de estas plazas podrán participar posteriormente en la convocatoria general.
La consejera ha señalado que, más allá de ordenar el acceso a los amarres, el nuevo decreto plantea una gestión homogénea de las zonas náutico-recreativas que contribuya a reforzar su relación con los municipios y a favorecer la actividad en los espacios portuarios.
Según ha destacado, la nueva regulación busca compatibilizar los diferentes usos de los puertos y poner en valor la cultura marítima y el patrimonio de la costa vasca.
El Gobierno vasco ha destacado que la elaboración del nuevo decreto de Amarres ha contado además con un proceso específico de participación de las personas usuarias. Entre octubre de 2025 y enero de 2026 se celebraron diez sesiones de escucha en las que participaron 200 amarristas y 113 personas inscritas en listas de espera, con el objetivo de incorporar sus experiencias y propuestas a la nueva regulación.
Por último, se ha informado que las autorizaciones temporales vigentes mantendrán su validez hasta que se produzca una nueva convocatoria en la zona correspondiente, mientras que las actuales listas de espera serán adaptadas a las nuevas categorías de módulos de amarre. Esta adaptación deberá realizarse en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del nuevo decreto.