Política

El TSJPV rechaza garantizar la actividad del Parlamento ante la protesta de ertzainas

El juez Garrido anula las medidas de prevención previstas sin explicar por qué pese a que hace dos semanas cortaron el tranvía
Protesta de ertzainas el pasado 1 de junio ante el Parlamento Vasco.
Protesta de ertzainas el pasado 1 de junio ante el Parlamento Vasco.

La imagen de ertzainas invadiendo la vía pública y cortando el tranvía en su protesta del pasado 1 de junio frente al Parlamento Vasco, mientras los agentes de servicio situados enfrente aplaudían, ha generado estupor en la ciudadanía y malestar en el seno del cuerpo. "No se puede actuar así, se está dando un mal ejemplo", afirmaba un representante sindical respecto a una movilización impulsada por Ertzainas en lucha, el movimiento asindical que ha convulsionado la Policía vasca en el último mes y medio. Esa concentración "se descontroló", agregan desde el Gobierno vasco.

Con este antecedente, la directora de la Ertzaintza, Victoria Landa, emitió una orden el día 8 ante las nuevas concentraciones convocadas en el mismo punto durante tres jueves consecutivos, coincidiendo con la celebración de plenos, el primero de ellos este mismo jueves. Dicha resolución pretendía posibilitar el acceso de los parlamentarios al inmueble y garantizar el normal desarrollo de la sesión, así como el orden público en el exterior. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado esta orden alegando su "no conformidad a derecho" pero sin dar ninguna explicación sobre esta decisión.

La incertidumbre es máxima respecto a cuál pueda ser el devenir de los acontecimientos pasado mañana en Gasteiz. Fuentes de Lakua consultadas aseguran que "este Gobierno respeta las decisiones judiciales pero, desde luego, no las comparte" en este caso. El escueto auto judicial al que ha tenido acceso este medio, de tan solo un párrafo y fechado hoy mismo, atiende por tanto el recurso presentado por los convocantes, Ertzainas en lucha. Y el presidente de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha ejercido además de ponente, es el juez Luis Garrido, conocido por actuar como azote del autogobierno.

"No más confinamiento"

Fue durante la época más dura de la pandemia cuando su nombre saltó a la luz pública al revocar hasta media docena de resoluciones del Gobierno vasco que tenían como fin garantizar la seguridad sanitaria. Se trata del recorte del horario del ocio nocturno, la limitación de las reuniones sociales a seis personas, el cierre de los bares en zonas con un elevado nivel de contagios, el toque de queda y los cierres perimetrales sin estado de alarma, el uso de la mascarilla en playas y piscinas, y el aforo en los estadios de fútbol.

Luis Garrido también llevó al Tribunal Constitucional la Ley de Instituciones Locales al considerar que dotaba de una "supremacía exorbitante" al euskera. Su cariz negacionista generó a su vez una enorme polvareda al calificar a los epidemiólogos como "médicos de cabecera que han hecho un cursillo", declaraciones por las que acabó pidiendo perdón. Su perfil de WhatsApp estaba presidido entonces por la frase "no más confinamiento".

Doble responsabilidad

Tras la deriva de la primera concentración de Ertzainas en lucha frente al Parlamento Vasco, el consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, abrió diligencias informativas para depurar una "posible doble responsabilidad", señalan desde el Ejecutivo: la de los convocantes que hubieran podido incumplir la Ley de Seguridad Ciudadana y la de los agentes que debían velar por el orden público, "por si han podido incurrir en un incumplimiento del régimen disciplinario".

En su orden del día 8, la directora de la Ertzaintza llamaba a los convocantes de la protesta del jueves a "permitir el normal desarrollo del pleno" y a que esta convocatoria "no suponga una interrupción del servicio de tranvía". Ante un incumplimiento de estas disposiciones, advertía con la suspensión de la movilización y la apertura de un atestado que se remitiría a la autoridad judicial. Un dictamen tumbado ahora por el juez Garrido en apenas una línea, en la que declara "la no conformidad a derecho de la resolución recurrida, anulándola y dejándola sin efecto.

2023-06-14T09:30:14+02:00
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