Gipuzkoa

El TSJPV ratifica la condena a un aficionado de la Real Sociedad por arrojar piedras a la Ertzaintza

El alto tribunal confirma la pena de tres años y once meses de prisión para el condenado por delitos de desórdenes públicos, de atentado a agentes de la autoridad y de lesiones
Cordón policial de la Ertzaintza en Anoeta / Ruben Plaza
Cordón policial de la Ertzaintza en Anoeta / Ruben Plaza

Actualizado hace 35 minutos

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena de tres años y once meses de prisión a un aficionado de la Real Sociedad que arrojó piedras a agentes de la Ertzaintza en la previa de un partido entre el club txuri-urdin y el Deportivo Alavés en el estadio de Anoeta en 2022.

Según recoge la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal de TSJPV, fechada el pasado día 11 de septiembre, los hechos tuvieron lugar el 13 de marzo de 2022 en la previa del partido que, a las 18.30 horas, enfrentó a la Real Sociedad y el Deportivo Alavés, en el estadio de Anoeta, con motivo del cual la ertzaintza desplegó dispositivo policial dirigido al control y filtrado de los aficionados, entre otras funciones.

Sobre las 17.30 horas, algunos de los aficionados que se encontraban en el lugar comenzaron a prender bengalas y, poco después, un grupo de aficionados "comenzó a arrojar botellas y vasos de cristal, adoquines y otros pedazos de pavimento, así como sillas y demás mobiliario de los establecimientos cercanos al estadio, contra el dispositivo policial".

Los agentes "recibieron impactos" y, en consecuencia, sufrieron diversas lesiones. Entre el grupo de jóvenes que protagonizaron los altercados se encontraba el ahora condenado que "tomó del suelo adoquines de cemento y, guiado por el ánimo de menoscabar el principio de autoridad representado por los agentes, se los lanzó a la fuerza actuante".

Ratificación de las condenas

La Audiencia de Gipuzkoa condenó, por estos hechos al procesado, como autor de un delito de desordenes públicos a once meses de prisión y por cada uno de los dos delitos de atentado a agentes de la autoridad a una pena de un año y seis meses de prisión.

El TSJPV ratifica ahora estas condenas y las de cuatro meses de multa de seis euros por día por un delito de lesiones menos graves y otro mes de multa de seis euros días por cada uno de los dos delitos de lesiones leves.

Además, el condenado deberá indemnizar a un agente de la ertzaintza con 600 euros, con 480 euros a otro y a un tercero con 40 euros. El procesado, al que también se le imponen las costas, ha consignado en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado la cantidad de 1.120 euros. Contra este fallo cabe interponer recurso de casación en el Tribunal Supremo.

2026-09-17T12:21:32+02:00
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