Política

El TSJPV asume las tesis de Vox contra el uso interno del euskera en la administración

El Tribunal Constitucional valorará la legalidad del uso exclusivo del euskera en los ayuntamientos
El Tribunal Constitucional valorará la legalidad del uso exclusivo del euskera en los ayuntamientos

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 6.2 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, que permite a los ayuntamientos comunicarse internamente y con otras instituciones únicamente en euskera, al considerar que dota a esta lengua de una "supremacía exorbitante" respecto al castellano. Lo ha hecho en atención a un recurso de Vox contra el decreto del Gobierno vasco que desarrolla dicha ley, ya que para poder resolver sobre el mismo ve necesario determinar si la norma superior de la que deriva dicho texto vulnera o no los principios constitucionales. El partido que preside Santiago Abascal se apresuró a reclamar que el TC revise toda la ley, no solo el artículo 6.2 sobre el uso del euskera.

El auto entiende que, en contra de lo argumentado por Vox, la ley sí cumple con la Constitución en su artículo 6.1 referido al uso del euskera y el castellano en las comunicaciones de los ayuntamientos con sus ciudadanos, pero no cuando regula el uso de la lengua vasca dentro del propio consistorio y en sus relaciones con otras instituciones. Por ello pide al Constitucional que se pronuncie antes de resolver sobre el decreto de Normalización del Uso Institucional y Administrativo de las Lenguas Oficiales en las Instituciones Locales de Euskadi, que es objeto del recurso presentado por la formación de ultraderecha. Una decisión a la que no se opone la Fiscalía, según recoge el auto.

Así lo determina la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV, presidida por el magistrado Luis Ángel Garrido, en un auto fechado el pasado día 7 al que ha tenido acceso este medio y sobre el que no cabe recurso. En el mismo explica que el artículo 6.2 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi establece que "las convocatorias, órdenes del día, mociones, votos particulares, propuestas de acuerdo, dictámenes de las comisiones informativas, acuerdos y actas de los órganos de las entidades locales podrán ser redactados en euskera". Eso sí, "siempre que no se lesionen los derechos de ningún miembro de la entidad local que pueda alegar válidamente el desconocimiento del euskera", recuerda.

La Sala que preside Garrido considera que la redacción de este artículo "sitúa al euskera en una posición de primacía que impide la libertad de opción de los hablantes por una u otra lengua, ya que la somete a unos condicionamientos que, reduciéndola a un único supuesto -el desconocimiento del euskera-, la imposibilitan". Estima que, en consecuencia, "la libertad de opción y el equilibrio entre ambas lenguas se ven coartadas" en lo que se refiere a "la actividad de representación política de los ciudadanos y en el desempeño de sus puestos por los empleados públicos locales".

Resta además valor al argumento del Gobierno vasco de la necesaria protección de las "lenguas minoritarias", ya que "sin poner en duda la protección de las mismas, no son constitucionalmente tolerables las actuaciones de fomento de una de ellas que posterguen a la otra, que rompan el equilibrio en el uso de ambas". Así, cree que lo que plantea la ley "supone quebrar ese equilibrio al dotar a la minoritaria de una supremacía exorbitante".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye por tanto que este artículo de la ley vasca supone una "conculcación" de la Constitución y de la propia doctrina constitucional, en concreto de los artículos 3, 14 y 23 de la Carta Magna. Los mismos establecen que "el castellano y las lenguas cooficiales deben pervivir en condiciones de equilibrio y no de preferencia o primacía de una de ellas". Su incumplimiento provoca, en cambio, que "la actividad representativa y el pluralismo político se ven seriamente afectados al ser la lengua el instrumento esencial de su ejercicio".

Privilegiar el euskera

La parlamentaria vasca de Vox, Amaia Martínez, dijo confiar en que el TC revise la ley vasca de entidades locales en su integridad, no solo el artículo 6.2, porque toda ella es, a su juicio, "una norma más para privilegiar el euskera frente al castellano". En un comunicado, consideró "un motivo de orgullo" que su partido haya puesto "sobre la mesa una muestra más de la imposición del euskera, en este caso en la administración vasca, pero que también se da en el ámbito educativo y para el acceso a cualquier empleo público".

Vivir en euskera y castellano

Normalidad. El portavoz del Gobierno vasco, Bingen Zupiria, expresó ayer su deseo de que la futura resolución del Tribunal Constitucional sobre la ley que permite a los ayuntamientos comunicarse internamente solo en euskera posibilite a los ciudadanos hacer su vida "con normalidad en euskera y castellano". "No quiero polemizar con la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco", que es la que ha elevado al TC la cuestión, aseguró Zupiria. Añadió que "lo que nos gustaría es que la resolución que adopte el Constitucional permita que los ciudadanos vascos puedan desarrollar su vida con normalidad en euskera y castellano".

2021-09-14T10:26:01+02:00
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