Navarra

El Parque Camino de Santiago de Pamplona tendrá que rotularse también en euskera: nuevo toque de atención a Navarra Suma

Una resolución del Tribunal Administrativo cuestiona otra vez la política lingüística de Maya y señala que la rotulación además debe dar el mismo espacio a ambas lenguas
Cartel del Parque Camino de Santiago en la Txantrea, inaugurado solo en castellano en 2022.
Cartel del Parque Camino de Santiago en la Txantrea, inaugurado solo en castellano en 2022.

Nuevo revés judicial a la política municipal de Navarra Suma en el callejero de Pamplona. Una nueva resolución del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) concluye que el tramo del Camino de Santiago que discurre por la Magdalena, y que el Equipo de Maya bautizó como Camino de Santiago, debe ser rotulado por el Ayuntamiento de Pamplona "con las versiones en castellano y euskera", es decir, Camino de Santiago, en castellano, y Donejakue Bide o Donejakue Bidea, en euskera.

Así, la resolución número 344 del TAN señala que para la denominación de esta ruta de peregrinación "las dos versiones son perfectamente válidas y vienen siendo oficialmente utilizadas por el Boletín Oficial de Navarra" y así "han de utiliizarse en la rotulación de este parque, cuyo formato ha de ser bilingüe en aplicación de lo dispuesto en el tan repetido artículo 8 de la Ordenanza municipal (se refiere a la Ordenanza del Euskera) aplicable".

El colectivo Administrazioan Euskaraz Taldea recuerda que en 2022, el Ayuntamiento de Iruñea "inauguró el parque del Camino de Santiago, y colocó el rótulo principal únicamente en castellano, en contra de la Ordenanza del Euskara", por lo que "pusimos un recurso, y el Tribunal Administrativo de Navarra, mediante Resolución nº 344 de 8 de febrero de 2023, ha dictado que tiene que rotularse de manera bilingüe".

Y añade: "No solo eso. Tal como establece el Decreto Foral 103/2017, ha ordenado que se coloque de esta manera: Si se escribe en dos columnas, a la izquierda en euskara y a la derecha en castellano, y si se escribe en vertical, arriba en euskara y debajo en castellano".

En la misma resolución, a su vez, "contradice a la jueza que dictó que no era necesario rotular de manera bilingüe la placa de la “Plaza de la Constitución”, y lo hace con diversos argumentos: "El alcalde no tiene competencias para evitar aplicar la Ordenanza del Euskara; la Plaza de la Constitución o Camino de Santiago no son topónimos aprobados por el Gobierno de Navarra; no se trata de nombres propios, protegidos en un registro; no son intraducibles (la forma en euskara Donejakue Bidea se utiliza de manera habitual en el Boletín Oficial de Navarra, en su versión en euskara); sobre esta cuestión "tomó su decisión el Pleno del Tribunal Administrativo de Navarra, reunidos todas y todos sus miembros, y así quedó fijada la jurisprudencia del Tribunal Administrativo de Navarra (a favor de la rotulación bilingüe)".

Así, concluye que "creemos que el empeño del Ayuntamiento de Iruñea en que NO aparezca el euskara es pura euskarafobia".

2023-04-05T08:55:03+02:00
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