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El padre de la niña asesinada por su madre en Gijón fue condenado por violencia de género

Debido a este proceso, por el que el hombre fue condenado a nueve meses de prisión, la madre de la menor obtuvo la custodia en 2019
Eugenio García, el padre de la niña aparecida muerta en un piso de Gijón.
Eugenio García, el padre de la niña aparecida muerta en un piso de Gijón.

La mujer detenida por matar a su hija en Gijón obtuvo la custodia de la menor en 2019 al estar abierto un procedimiento de violencia machista en instrucción contra su entonces esposo, durante el proceso de divorcio de ambos, por el que finalmente fue condenado a nueve meses de prisión.

No obstante, según han informado este jueves fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guardia y custodia al hombre por entender que la menor tenía su familia, colegio, vecinos y amigos en la provincia de Segovia.

La mujer, que se encuentra en prisión provisional, fue detenida este lunes tras ser hallada con la menor ya fallecida tendida en la cama junto a ella, en su vivienda del barrio gijonés de El Llano, donde vivía con su hija desde hacía unos pocos meses.

El citado Juzgado de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, ha informado de que el procedimiento de divorcio comenzó en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.

En ese momento, se acordaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración del juicio.

La sentencia de divorcio, emitida en febrero de 2019, otorgó la guardia y custodia de la hija de ambos a la mujer "al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre".

A raíz de aquella denuncia, el Juzgado de lo Penal de Segovia condenó en enero de 2020 al hombre a nueve meses de prisión por un delito de malos tratos con lesiones en el ámbito de la violencia de género en el domicilio familiar y con la presencia de menores, en este caso la hija de ambos.

La resolución da por probado que el 28 de julio de 2018, el condenado "regañó" a su mujer por ir a atender a la niña, que estaba llorando, y la increpó, la agarró del brazo izquierdo, la zarandeó y la golpeó en ese brazo y en la espalda.

Esta sentencia, consultada por Efe, absolvió al hombre de un delito de violencia habitual, otro de lesiones psíquicas y otro de injurias, de los que también había sido acusado.

El condenado presentó un recurso de apelación contra dicha sentencia en febrero de 2020, pero la Audiencia Provincial de Segovia lo desestimó y confirmó la condena en noviembre.

Posteriormente, él presentó una demanda de modificación de lasentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos pero "no solicitó nada en relación con la guarda y custodia", han precisado fuentes del TSJCyL, y el Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, resolución confirmada también después por la Audiencia Provincial.

Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a una solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón.

Concretamente, dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma (Segovia), ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial y debía regresar para pedir la autorización e instar la modificación de medidas correspondientes.

Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación del régimen de visitas.

Como consecuencia de esta demanda, el hombre pidió la guarda y custodia de la menor, sin que desde 2019 hasta este momento lo hubiera hecho, ha precisado el TSYCyL.

En junio de 2022, el Juzgado dictó como medida provisional la autorización a la mujer para trasladarse con la menor a Gijón y estableció "un amplio régimen de visitas" para el hombre.

Sin embargo, se mantenía la guarda y custodia a favor de ella porque él estaba condenado por un delito de violencia de género, "pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido".

Ya el pasado 27 de octubre, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guardia y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó otorgar la custodia al hombre.

Lo hizo "al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar", según reza el escrito remitido por el TSJCyL.

2022-11-04T19:11:09+01:00
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