Política

El juez del CNI se aparta de las causas contra Puigdemont y Torra en el Supremo

El magistrado afirma que se debe "preservar la apariencia de imparcialidad", aunque asegura que jamás recibió información sobre las estrategias de defensa de los expresidentes catalanes
Torra y Puigdemont, en una imagen de archivo.

El magistrado del Tribunal Supremo encargado del CNI, Pablo Lucas, ha decidido apartarse de los procedimientos que afectan a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Quim Torra así como a los exconsellers Clara Ponsatí y Toni Comín, tras el presunto espionaje a líderes independentistas con Pegasus.

Lucas ha dirigido un escrito a la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal que acepta su abstención en el tribunal que deberá resolver los incidentes de nulidad formulados contra sentencias del Supremo, que confirmaron acuerdos de la Junta Electoral Central.

Esos incidentes de nulidad "se fundamentan en que tuve conocimiento de la estrategia procesal de los recurrentes por razón de mi cometido como magistrado encargado del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia, a través de la autorización concedida para interceptar las comunicaciones de Gonzalo Boye", abogado de los cuatro líderes independentistas.

No obstante, el magistrado quiere dejar claro que jamás recibió información alguna sobre esas estrategias de defensa.

"Puedo decir sin quebrantar el secreto al que me obliga (la Ley) que no he recibido información alguna del CNI sobre la estrategia de defensa de la que hablan los escritos de promoción del incidente de nulidad de actuaciones", dice el magistrado en su escrito, fechado el pasado 20 de junio y al que ha tenido acceso Efe.

Con todo, ha decidido apartarse del procedimiento para evitar cualquier sospecha de contaminación. "Creo igualmente evidente, a la vista de cuanto mantienen los escritos (...) que no debe intervenir en su resolución para preservar la apariencia de imparcialidad de la Sala. En consecuencia, solicito que se me tenga por abstenido".

La Sala cree que aunque "no concurre ninguna de las causas de abstención previstas" en la ley puestas de manifiestas por el magistrado, entiende que "los jueces no solo deben satisfacer criterios objetivos de imparcialidad, sino que, además, debe de verse que son imparciales", de manera que toma en consideración "la percepción que pueda tener un observador razonable".

Por ello y atendida "la singularidad del caso", se acepta la abstención del magistrado "en aras a preservar la apariencia de imparcialidad a la que el propio magistrado se refiere".

Pablo Lucas será sustituido en el tribunal por el presidente de la Sala, César Tolosa.

09/07/2022