Actualizado hace 9 minutos
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado el recurso presentado por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, contra el archivo de su queja por la actuación del juez Juan Carlos Peinado, instructor del denominado “caso Begoña Gómez”. El órgano de gobierno de los jueces considera que revisar las actuaciones y decisiones adoptadas por Peinado durante el procedimiento excede su ámbito de competencias.
También descarta que la tramitación de la queja causara indefensión al ministro. Bolaños había solicitado que se reabrieran las diligencias contra el magistrado después de denunciar su “actitud objetivamente intimidatoria” durante la declaración que prestó como testigo en la investigación sobre Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español. La decisión ha sido aprobada por cinco vocales de la Comisión Permanente, mientras que otros dos han anunciado que formularán un voto particular.
Sin relevancia disciplinaria
El CGPJ ha recordado que la Comisión Permanente concluyó el pasado julio que la actuación de Peinado no tenía relevancia disciplinaria ni había vulnerado ningún derecho del testigo. Aunque reconoce que la declaración se desarrolló en un “clima de tensión”, el órgano sostiene que el magistrado no incurrió en desconsideraciones explícitas hacia Bolaños.
El ministro también había denunciado la falta de agilidad en la tramitación de sus quejas. La Comisión Permanente señala, sin embargo, que Bolaños amplió sucesivamente sus escritos y presentó un total de cuatro entre el 4 de junio y el 3 de octubre de 2025. Cada ampliación obligó a solicitar un nuevo informe al magistrado, una circunstancia que, según el CGPJ, retrasó la adopción de una decisión definitiva.
El Consejo descarta la indefensión
Respecto a la supuesta falta de motivación, el órgano de gobierno de los jueces sostiene que el acuerdo de archivo contiene una justificación amplia sobre la ausencia de trascendencia disciplinaria de los hechos denunciados. El CGPJ señala que Bolaños pudo conocer esos argumentos y concluye que “no existe indefensión”. También rechaza que durante el procedimiento se desarrollara una actividad instructora limitada.
Según la Comisión Permanente, las diligencias realizadas agotaron las posibilidades de investigación útiles para esclarecer los hechos. Añade que el ministro tampoco identificó actuaciones complementarias que pudieran aportar información relevante. El Tribunal Supremo declaró nula y archivó la exposición razonada elevada por Peinado ante la “absoluta ausencia” de indicios mínimamente fundados o verosímiles sobre una posible participación de Bolaños en los hechos investigados.
Pese a ello, el CGPJ sostiene que no puede revisar esas decisiones mediante su potestad disciplinaria. La jurisprudencia del Supremo establece que el Consejo no puede utilizar esta vía para examinar posibles errores o desaciertos cometidos por un magistrado durante el ejercicio de su función judicial.