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Declaran como accidente laboral la muerte por covid de un empleado de una residencia

El hombre trabajaba como delegado sindical en la Residencia de Mayores Francisco de Vitoria de Alcalá de Henares
Un hombre pasea ante la residencia de Mayores Francisco de Vitoria de Alcalá de Henares.
Un hombre pasea ante la residencia de Mayores Francisco de Vitoria de Alcalá de Henares. / EP

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha reconocido como accidente de trabajo la baja de un trabajador de la Residencia de Mayores Francisco de Vitoria de Alcalá de Henares, que falleció tras contagiarse de covid durante la primera ola de la pandemia.

La sección número 1 de lo Social del TSJ ha declarado en una sentencia que la incapacidad temporal del trabajador, delegado sindical de CSIF, deriva de "contingencia profesional por accidente de trabajo", a efectos prestacionales, con la consecuencias legales a ello inherentes.

Delegado sindical

El trabajador de la residencia, que no prestaba servicios sociosanitarios pero acudía diariamente al centro para labores sindicales, se contagió de covid en la primera ola de la pandemia y el 16 de marzo de 2020 tuvo que coger la baja por su estado de salud, hasta que falleció el 29 de marzo.

En un primer momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) resolvió que esta baja de este trabajador se debía a una enfermedad común, pero CSIF presentó una denuncia porque consideró que en la residencia no se tomaron las medidas adecuadas para combatir la transmisión.

La denuncia iba dirigida tanto al INSS como a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como a la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS).

La sentencia refleja que las recomendaciones del AMAS durante el mes de marzo de 2020 consistían en el lavado de manos y desaconsejaban el uso general de mascarillas, y menciona que en la residencia no se realizaron test diagnósticos para aislar a los residentes y trabajadores de forma adecuada.

En un comunicado, CSIF muestra su satisfacción por el fallo del TSJM, que recoge que la baja de este trabajador hasta su fallecimiento se debió a un accidente de trabajo y no a una enfermedad común.

2024-04-20T16:43:03+02:00
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