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Una juez de lo Social de Almería ha condenado a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos por el despido improcedente de una trabajadora que llegó a encadenar a lo largo de 20 años un total de 177 contratos temporales al considerar que existió fraude de ley, por lo que obliga a la entidad o bien a readmitir a la empleada o a pagarle una indemnización de 34.294,83 euros frente a los 17,33 euros que se le abonaron al finalizar su último contrato temporal en marzo de 2025.
En su sentencia, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso ante el TSJA, la titular de la Plaza 6 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Almería da la razón a la recurrente al entender que las interrupciones entre contratos no rompían la unidad del vínculo laboral entre la demandante y Correos.
En este sentido, el fallo reconoce la antigüedad de la empleada desde el año 2005 y subraya que su puesto de trabajo, pese a cubrirse con sucesivos contratos temporales, respondía a una necesidad estructura de la empresa pública, defendida también por la Abogacía del Estado.
La trabajadora, representada por el letrado Jorge Ponce Rodríguez con el respaldo del Sindicato Independiente Profesional de Correos y Telégrafos (Sipcte), comenzó a trabajar para la entidad en mayo de 2005 con su primer contrato temporal a partir de su inscripción en una bolsa de empleo, si bien desde entonces ha prestado 12 años, siete meses y 28 días de servicios efectivos mediante el encadenamiento de sucesivos contratos temporales.
La demandante ha desempeñado su labor con carácter exclusivo, alternando contratos temporales con periodos de prestación de desempleo sin mantener relación laboral con otra empresas. En este sentido, entre 2015 y 2025 ha percibido como indemnización por el fin de sus contratos temporales unos 3.086 euros.
Sin embargo, la jueza determinó que hubo fraude en la contratación temporal al considerar que Correos no logró justificar la verdadera causa de temporalidad en cada contrato, siendo una modalidad que habría empleado para cubrir una verdadera falta de plantilla estructural, tal y como ha avanzado también 'La Voz de Almería'.
Asimismo, y pese a que existieron interrupciones prolongadas entre algunos contratos --de hasta ocho meses-- la juez rechaza que se produjera una ruptura significativa de la continuidad en la relación laboral, ya que el periodo más largo apenas supuso un 3,28 por ciento de los 20 años totales en los que la afectada estuvo ligada a la empresa pública.
Jurisprudencia contra el abuso de temporalidad
Con ello, tiene en cuenta la reciente jurisprudencia del TJUE y el TS para tener a la afectada en consideración de empleada fija, puesto que la misma llegó a presentarse a unas oposiciones en mayo de 2023 que aprobó aunque sin obtener plaza por falta de vacantes.
Desde Sipcte se ha destacado en una nota la aplicación de esta reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad en el empleo público para reconocer la condición de personal fijo de la trabajadora al haber superado el proceso selectivo de ingreso de Correos, aunque finalmente no obtuviera plaza. "Este criterio supone un importante avance en la protección de los trabajadores víctimas del abuso de la contratación temporal", han valorado.
El procedimiento, llevado desde la Asesoría Jurídica Aficos, ha dado lugar a una resolución que, según el responsable de Sipcte en Almería, Francisco Sabio, "confirma que el abuso de la contratación temporal en Correos no responde a casos aislados, sino a una práctica mantenida durante años para cubrir necesidades estructurales de plantilla".
Sabio ha destacado igualmente la importancia de la aplicación de la nueva doctrina del Tribunal Supremo, "que empieza a reconocer como personal fijo a trabajadores que superaron los procesos selectivos de Correos, aunque no obtuvieran plaza, reforzando así la protección frente al abuso de la temporalidad".
No obstante, la organización ha criticado que la trabajadora, pese a haber obtenido una sentencia favorable, será rebaremada en aplicación de la Base 5.1 de las Bolsas de Empleo de Correos, "perdiendo toda la antigüedad acumulada y viéndose obligada a volver a competir en las bolsas como si comenzara de nuevo". "Es una auténtica contradicción. Un juzgado reconoce que Correos ha cometido un fraude en la contratación durante casi 20 años y, sin embargo, la consecuencia para la trabajadora es perder toda la antigüedad acumulada en las bolsas de empleo por aplicación de una base negociada entre Correos y las organizaciones sindicales presentes en la Comisión de Empleo Central", se han quejado para pedir la modificación inmediata de esta regulación.