Bizkaia

Condenados un hombre y su pareja en Bizkaia por abusar sexualmente de la hija de ella

La madre negó ayuda a la niña cuando recurrió a ella. Su respuesta fue que "las cosas de casa no se cuentan, se quedan en casa"
Edificio de la Audiencia de Bizkaia.
Edificio de la Audiencia de Bizkaia.

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un hombre a 12 años de prisión por abusar sexualmente de manera continuada de la hija menor de su pareja, cuando tenía entre diez y doce años e impone la misma pena a la madre de la víctima como cooperadora de los abusos, porque "era plenamente conocedora de los hechos, los consentía y no hizo nada por impedirlos". De hecho, la pequeña recurrió a ella en busca de ayuda, y esta le dijo que "las cosas de casa no se cuentan, se quedan en casa".

Según ha informado el TSJPV, el tribunal declara probado que, desde febrero de 2021 y hasta mayo de 2022, el procesado obligo a la niña a mantener relaciones sexuales cuando tenía entre diez y once años, "aprovechándose de la situación de privilegio" de ser pareja de la madre y "padre de hecho de la menor".

La sentencia incide en que la madre de la menor conocía "perfectamente" lo que hacía su pareja y, "lejos de denunciar los hechos y de tratar de poner fin a tales ilícitos comportamientos", los "consentía". La Audiencia vizcaína llega a la conclusión de que el testimonio de la víctima no es "fabulado", ni falso, ni responde a "móviles espurios", como mantuvieron los dos acusados durante el juicio.

También resalta la "coherencia interna" del relato de la menor sobre los actos de contenido sexual que el procesado la obligó a realizar. "No describe situaciones ilógicas o de imposible acaecimiento físico y material", asegura, para añadir que su testimonio sobre dónde y cuándo sucedían los hechos es "muy claro y preciso".

12 años de cárcel

Además de los 12 años de prisión impuesta a los condenados, la Audiencia de Bizkaia impone a ambos encausados que indemnicen de manera solidaria a la menor con 30.000 euros y la prohibición de que durante 20 años se comuniquen y se acerquen a ella a menos de 500 metros. También ordena su libertad vigilada, y a la madre se le priva de la patria potestad hasta que la niña alcance la mayoría de edad.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

2024-04-25T05:27:20+02:00
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