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Condenado a cuatro años de cárcel por violar a una amiga tras iniciar una relación consentida

La víctima, de 20 años, rechazó la relación ante la brusquedad del agresor, quien la abofeteó y continuó
Audiencia Provincial de Zaragoza.
Audiencia Provincial de Zaragoza. / EP

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a 4 años de prisión a un joven como responsable de violar a una amiga en el domicilio de la madre de esta, tras iniciar una relación sexual consentida que finalmente rechazó la víctima ante la brusquedad del acusado.

En su sentencia, dada a conocer este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de Zaragoza (TSJA), el tribunal considera probado que el 23 de junio de 2023 el joven, de 23 años, y su amiga, de 20, iniciaron una relación sexual consentida en la casa de la madre de la chica, hasta que en un momento dado ella le dijo que se encontraba incómoda y le pidió que parara.

Admiten los magistrados que el joven, en lugar de detenerse, propinó dos bofetadas a la víctima y continuó con una penetración ya no consentida y que entienden constitutiva de un delito de violación.

El agresor se disculpó pero después en su testimonio negó la agresión

La denunciante comenzó a sentir al día siguiente síntomas de ansiedad y le reprochó lo ocurrido al acusado, que se disculpó.

El tribunal detecta contradicciones entre el testimonio del joven, que negó la agresión, y los mensajes de whatsapp intercambiados con la víctima, en los que pedía disculpas y se comprometía a no repetir su conducta.

También valora el relato sin contradicciones de la joven, en la que no percibe "ánimo espurio" de venganza contra el acusado, así como elementos periféricos corroboradores, como el testimonio de una amiga que le animó a denunciar los hechos y el incremento de su estado de ansiedad, diagnosticado por su psiquiatra.

Además de la condena a 4 años de prisión, la Audiencia impone al acusado una prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 5 años a contar tras su salida de prisión y libertad vigilada durante el mismo periodo de tiempo, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros por los daños morales causados.

La sentencia cuenta, sin embargo, con el voto particular de uno de los magistrados, que asegura tener dudas acerca de si la penetración que agrava el delito de agresión sexual se produjo antes o después de que la víctima pidiera al acusado que se detuviera.

2024-04-04T18:37:02+02:00
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