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Así se regulará la Zona de Bajas Emisiones de Gasteiz: vehículos y zonas afectadas, multas previstas...

En su primera fase de implantación abarcará el Casco Medieval y parte del Ensanche, y su incumplimiento conllevará sanciones de entre 90 y 200 euros
Así se regulará la Zona de Bajas Emisiones de Gasteiz: vehículos y zonas afectadas, multas previstas...
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Gasteiz ha da un paso más de cara a la puesta en marcha en 2025 de su Zona de Bajas Emisiones (ZBE). La Junta de Gobierno Local ha aprobado el proyecto de ordenanza reguladora del acceso de vehículos a un espacio que, en su primera fase de implantación, abarcará el Casco Medieval y parte del Ensanche. A lo largo de veinte artículos, la regulación de la ZBE establece qué vehículos pueden acceder a esta área, qué sistema de control se usará, qué tratamiento tendrá la carga y descarga y qué sanciones que establecen para el incumplimiento de la normativa, entre otros conceptos.

"Cumplimos un nuevo hito en la creación de nuestra Zona de Bajas Emisiones. Lo hacemos sin querer imponer nada a la ciudadanía, teniendo en cuenta sus aportaciones que hemos venido recogiendo en un proceso participativo y en las reuniones con todos los colectivos implicados. Iniciamos ahora el proceso para dotarnos de una ordenanza que además cuenta con mayores garantías jurídicas que otras ciudades cuya Zona de Bajas Emisiones ha acabado en los tribunales", ha apuntado el concejal de Seguridad, Iñaki Gurtubai.

Gran parte de la ordenanza se dedica a establecer las limitaciones y autorizaciones de acceso de vehículos a la ZBE. De entrada, se establece una moratoria para la limitación del tráfico en base a la etiqueta ambiental, que no se tendrá en cuenta hasta la segunda fase de implantación prevista para el 1 de enero de 2027. Así pues, en la primera fase el criterio fundamental será eliminar el tráfico de paso por un área de prioridad residencial cuyo perímetro delimitarán más de un centenar de señales y que estará controlada por 30 cámaras de lectura de matrículas.

De entrada, está previsto que se establezcan ocho categorías de vehículos que podrán acceder al Área de Prioridad Residencial integrada en la ZBE:

  1. Residentes
  2. Acceso a plazas de aparcamiento
  3. Establecimientos comerciales y de servicios
  4. Prestación de servicios / Carga y descarga
  5. Titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (PMR)
  6. Acceso a personas mayores, enfermas con baja movilidad sin tarjeta PMR
  7. Situaciones especiales
  8. Acceso de urgencia

Las personas titulares de vehículos pertenecientes a alguna de estas categorías deberán darse de alta en el sistema de control de accesos y contar con la correspondiente autorización. Mediante Decreto de Alcaldía se establecerán directrices específicas de funcionamiento para cada categoría de vehículos por las que se podrán limitar las horas o días de acceso, el tiempo de estancia, el número de accesos al mes o el número de vehículos permitidos en el interior del área de prioridad residencial. Además, existirán supuestos de vehículos que contarán con la posibilidad de acceso limitado sin necesidad de registro previo.

Etiquetas ambientales

De cara a 2027, cuando la etiqueta ambiental sea un elemento a tener en cuenta al regular el acceso, quedará prohibido el acceso a todos aquellos vehículos que no cuenten con este distintivo. En la tercera fase de la ZBE, prevista para 2030, se prohibirá igualmente la entrada de vehículos con etiqueta ambiental B. El proyecto de ordenanza aprobado hoy define una serie de exenciones a esta limitación en base a la etiqueta ambiental.

Las dos más destacables, ya dadas a conocer, son las relativas al nivel de renta y a los vehículos de profesionales cercanos a la jubilación. En el caso de la exención por nivel de renta, habrá que acreditar ingresos brutos anuales inferiores como mínimo a dos veces el indicador de renta que se usa como referencia en el cálculo de ayudas, subsidios o bonificaciones fiscales. El baremo variará en función del número de personas que formen la unidad familiar. En lo tocante a la exención a vehículos de profesionales cercanos a la edad de jubilación, estas personas acreditarán que como máximo les faltan cinco años de cotización para alcanzar la edad legal para jubilarse.

Otras exenciones contempladas son las siguientes:

  • Vehículos catalogados como históricos.
  • Vehículos especiales en base a criterios de servicio (policía, bomberos, Protección Civil, ambulancias, funerarios, obras, grúas, etc.).
  • Vehículos de servicios públicos esenciales, ya sean de titularidad pública como adscritos a contratos públicos en vigor (limpieza, autobuses de titularidad pública, etc.).
  • Vehículos que tengan como destino o salida talleres de mantenimiento y reparación ubicados en la ZBE.
  • Titulares o arrendatarios de plazas de aparcamiento en el interior de la ZBE.
  • Vehículos extranjeros que, pese a no disponer de etiqueta ambiental, cumplan requisitos equivalentes.

Las exenciones a la limitación de acceso a la Zona de Bajas Emisiones tendrán un periodo de vigencia de tres años y podrán solicitarse desde seis meses antes de la entrada en vigor de las limitaciones por etiqueta medioambiental.

Sanciones entre 90 y 200 euros

En lo tocante al régimen sancionador, se considerará infracción grave no contar con autorización o no respetar las condiciones de acceso o circulación en la ZBE. Se considerará infracción leve superar el tiempo de estancia autorizado, el número de accesos autorizados o el número de vehículos autorizados en el interior del Área de Prioridad Residencial. También está tipificado como infracción leve no respetar las restricciones horarias de paso, acceder por una calle no contemplada en la autorización u obtener autorización de acceso mediante datos inexactos o falsos. Se establece sanción económica de 90 euros para las infracciones leves y de 200 euros para las graves.

En cualquier caso, este régimen sancionador no se aplicará de forma inmediata a la puesta en marcha de la ZBE. La propia ordenanza establece que la entrada en vigor de las sanciones se demorará tres meses desde el plazo establecido para el registro inicial de vehículos para que las sanciones sean aplicables.

Siguientes pasos

El proyecto de ordenanza aprobado hoy es la continuación de un proceso iniciado en 2021, cuando el Ayuntamiento inició los trabajos para dotarse de una ZBE. El siguiente hito fue la presentación en 2022 del estudio para la determinación y diseño de la zona de bajas emisiones. En 2023 comenzó el proceso participativo para definir las normas de acceso, que ha venido acompañado de múltiples reuniones sectoriales, y hace escasos meses quedó aprobado el proyecto técnico de la ZBE. Paralelamente, se han venido tramitando las contrataciones del sistema de cámaras de control de acceso o de la señalización, entre otros aspectos.

La aprobación hoy de la ordenanza da paso a su debate en comisión de cara a la correspondiente aprobación por parte del Pleno municipal.

2024-10-18T12:02:27+02:00
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