Política

El Supremo condena a 24 años a Ábalos, a 19 a Koldo y libera de la cárcel a Aldama

Premia la colaboración del comisionista y justifica la severa pena para el exministro y su asesor en su posición de poder

Al Tribunal Supremo no le ha temblado el pulso para condenar a 24 años y tres meses de prisión al exministro de Transportes José Luis Ábalos y a 19 y ocho meses para quien fuera su exasesor, Koldo García, por el cobro de mordidas en la compra de mascarillas para la administración pública durante la pandemia. De este modo, ha asumido las penas que solicitaba la Fiscalía Anticorrupción para ambos. No ha sido así, sin embargo, en el caso del tercer encausado de este proceso, Víctor de Aldama, quien ni siquiera tendrá que pisar la cárcel. Y es que el Alto Tribunal no solo le ha impuesto una condena de cuatro años y medio, más leve que la que pedían en sus conclusiones finales el Ministerio Fiscal -siete años- y las acusaciones populares encabezadas por el PP -cinco-, sino que además suspende la ejecución de su pena por su "aportación realizada al descubrimiento de los delitos", facilitando información "veraz y relevante" y "medios de prueba" a la investigación.

Los magistrados declaran a Ábalos y Koldo culpables de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación, mientras que los absuelven de prevaricación, uso de información privilegiada y falsedad. Por su parte, a Aldama lo condenan por los delitos de organización criminal y cohecho, pero le absuelven de inducción a la prevaricación, aprovechamiento de información privilegiada y falsedad que ha sido objeto de acusación.

El exministro José Luis Abalos y Koldo García. E.P.

Para el tribunal han quedado probados delitos en la adjudicación de 13 millones de mascarillas por parte de entidades de Transportes como Puertos del Estado y Adif a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para "gastos fijos" de Ábalos, y la contratación en empresas públicas de dos mujeres relacionadas con el exministro: su “amiga” Claudia Montes y Jéssica Rodríguez, quien fuera pareja del exsecretario de Organización del PSOE, a la que la trama pagó el alquiler de un piso en la Plaza de España de Madrid.

También ven acreditado el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en el madrileño Paseo de la Castellana y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción (Cádiz) también con opción de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.

El tribunal impone a Ábalos 52.500 euros de multa, 45.750 a Koldo y 72.000 a Aldama, a la vez que ordena que el exministro y su exasesor indemnicen a las empresas públicas Ineco y Tragsatec en 34.450 euros y 9.500,54 euros, respectivamente, en concepto de responsabilidad civil, por la contratación a dedo de Jessica Rodríguez.

También acuerda decomisar a los tres condenados las ganancias provenientes del delito de cohecho por importe de 430.298 euros: 340.000 euros por los 10.000 mensuales satisfechos por Aldama durante 34 meses, 82.295 euros por la renta del alquiler del piso que disfrutó Rodríguez en la madrileña Plaza de España y 8.000 euros por la renta del chalé de 'Villa Parra' en Marbella (Málaga).

El tribunal considera acreditado que los tres "constituyeron una organización, en la que cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario, con un preciso reparto de funciones". A su juicio, "convinieron" que, aprovechando el cargo que tenía Ábalos tanto en el Gobierno de Pedro Sánchez como de 'número tres' en el PSOE, "podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad", por mercantiles promovidas por Aldama, así como facilitar al empresario "el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas". Por ello, indica que tanto Koldo como Aldama consideraban a Ábalos “el jefe” de la trama.

Precisamente, el hecho de que el también exsecretario de Organización del PSOE cometiera los delitos desde su posición de ministro, “órgano constitucional y núcleo esencial de la configuración del poder ejecutivo", hace que el Supremo le imponga una pena superior al resto de imputados, al situar su conducta como “un ataque directo al corazón del sistema democrático”.

De Koldo García, “hombre de confianza” de Ábalos, el Alto Tribunal destaca que estuvo en la "génesis" de la organización, participó de forma "activa" en el reparto de papeles e influyó "decisivamente, con gestiones personales, en la adjudicación de contratos públicos". La sentencia determina que el vizcaino se encargaba de “arreglar” que personas del entorno de Ábalos como las citadas Claudia Montes y Jessica Rodríguez fueras contratadas en entidades del sector pública y de solicitar y gestionar “la obtención de dádivas".

El Supremo aclara que actividad de Koldo “no fue secundaria o subordinada respecto a Ábalos”, y que ambos incurrieron en “abuso de su posición de poder” en el Ministerio de Transportes para influir en los responsables de Puertos del Estado y ADIF. Sin embargo, la diferencia de sus “posiciones funcionariales” en un departamento que tenía a Ábalos como máximo responsable hace que el “reproche penal” para Koldo sea menor y se cifre en esos cinco años de prisión de diferencia.

De Aldama señala que era el encargado de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración para, "articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella, siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que igualmente hacía partícipes a Ábalos y a Koldo", agregan.

La expareja de Ábalos, Jéssica Rodríguez, a su llegada al Tribunal Supremo. EP

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El Supremo subraya que el "efecto más grave" de las conductas castigadas "es el deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político, al quebrar la expectativa de que el poder democrático se ejerce en beneficio del conjunto de la ciudadanía". Y abunda en esta línea al agregar: "Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional, que compromete la estabilidad del propio sistema".

En cuanto al cumplimiento efectivo de las condenas de cárcel, los magistrados fijan la de Ábalos en 16 años y en 15 la Koldo. Respecto a Aldama, le aplican la atenuante analógica de colaboración muy cualificada y suspende la ejecución de su pena, aunque lo condiciona a que no vuelva a delinquir, haga un año de trabajos en beneficio de la comunidad y presente un informe semestral de actividades.

24/06/2026