Actualidad

Prisión permanente revisable para la mujer que asesinó a su hija de 5 años en Logroño

La acusada de asesinar a su hija, durante el juicio.

La Audiencia Provincial de Logroño ha sentenciado a prisión permanente revisable a Adriana Carolina Ugueto Flebes como autora del asesinato con alevosía de su hija Carolina, de 5 años, en un hotel de Logroño en enero de 2020.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, contempla la circunstancia agravante de parentesco y condena a la acusada, en concepto de responsabilidad civil, a indemnizar al padre de la menor, quien tenía la custodia de Carolina, con 200.000 euros por daño moral.

También deberá indemnizar al padre de la con 9.643 euros por el tiempo que tardó en curar del trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo que padeció por estos hechos, que fueron juzgados en un juicio con jurado popular celebrado entre el 31 de enero y el 17 de febrero últimos.

La sentencia, de 177 páginas, considera probado, de conformidad con el veredicto del jurado, que la acusada y su madre, quien apareció ahogada en el Ebro a su paso por Logroño el 28 de enero de 2020, decidieron un plan conjunto para poner fin a sus vidas y, además, acabar con la de la menor.

Para ello, la madre y la abuela de Carolina - que en la sentencia se cita como "esa otra persona contra la que no se sigue el procedimiento"- se desplazaron desde Haro (La Rioja), donde vivían, a un hotel de Logroño el 26 de enero de 2020.

Añade que la acusada o su madre, "con plena conformidad de ambas, aceptando cada una los actos de la otra", suministró a la menor el medicamento "lormetazepam", en una dosis tal que la menor quedó en un estrado profundo de sedación.

"Hallándose la menor en tal estado, presionó la boca y la nariz de la menor, hasta cortarle la respiración, acabando con su vida por asfixia mecánica por sofocación por obstrucción de vías respiratorias", según la sentencia, que indica que la muerte de Carolina se dató entre las 13:30 y las 19:00 horas del 26 de enero.

La niña, añade, "no tuvo ninguna posibilidad de defenderse" y precisa que su madre, durante los cuatro meses anteriores al asesinato, le suministró repetidamente ese medicamento, indicado para inducir el sueño y que no está indicado para su administración a niños.

En el momento de los hechos, la acusada no padecía ningún trastorno que afectara a su conciencia y voluntad, precisa el fallo.

En los fundamentos de derecho, la sentencia detalla algunos de los mensajes que la acusada envió a su hermana en 2019, como "a Carolina la perdí, no hay nada que hacer, pero este corto periodo de tiempo debo resolver un poco lo que sea" y "estoy cansada y no puedo más".

También alude a los vídeos que dejó grabados, que el jurado considera que son "prueba de la decisión de la acusada de acabar con su vida y con la vida de su hija Carolina"; así como a las cartas que escribió, que los miembros del jurado han valorado como "una despedida y de última voluntad".

La sentencia detalla que esas conversaciones, cartas y vídeos "hablan por sí solas" y, "sin ningún esfuerzo interpretativo", ponen de manifiesto "un plan conjunto de suicidio, que comprende, además, la decisión tomada por la acusada de acabar con la vida de su hija Carolina".

También señala que la condenada y su madre, en los días inmediatos a la muerte de la menor, buscaron en sus teléfonos móviles información sobre métodos aptos para causar la muerte de una persona.

Relata que la Policía, cuando llegó al hotel, tras ser avisada de que una persona estaba en la repisa de la ventana como con intención de tirarse (la condenada), encontró a la acusada con heridas en la muñeca y esta dijo "mi hija se ha ido".

Los agentes hallaron en la cama el cadáver de la menor, con el chupete en la boca, parte de la cara cubierta con un almohada, con manchas de sangre en la cara y con síntomas de haber fallecido hace tiempo, aunque intentaron reanimarla por "si quedaba algún hilo de vida".

El jurado ha valorado que la acusada, a solas con su hija muerta en la habitación del hotel, no solicitó ayuda ni auxilio en ningún momento.

La sentencia añade "no hay ninguna explicación para que lo único que recuerde la acusada es verse dentro de la bañera llena de agua y llena de sangre sin saber cómo ni cuándo había llegado gasta allí"; considera probado que permaneció en todo momento en la habitación del hotel "plenamente consciente" y califica de "inverosímil" su versión.

16/03/2022