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Los interinos deberán litigar para ser fijos o indemnizados

El desafío es particularmente crítico en la CAV y Nafarroa con una alta tasa de temporalidad
Una OPE para interinos en las Policías Locales de Euskadi / Foto: Irekia

El sector público se asoma a un abismo de litigiosidad sin precedentes. La reciente sentencia de unificación de doctrina del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad no es solo un pronunciamiento jurídico de calado; es el inicio de una “judicialización masiva” que promete tensionar las costuras de las administraciones, especialmente en comunidades como en la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) y Nafarroa, donde la precariedad institucional ha alcanzado cotas que doblan la media del sector privado.

La resolución del alto tribunal marca un “antes y un después” absoluto, según describe Catarina Capeáns, experta en derecho laboral del despacho Vento. Sin embargo, este nuevo escenario no trae soluciones automáticas bajo el brazo. Para los casi un millón de interinos en el Estado, el reconocimiento de sus derechos no vendrá de oficio, sino que exigirá un paso previo por los juzgados de lo social. Miles de trabajadores deberán ahora litigar para convertir su relación laboral en fija o, en su defecto, para arrancar una indemnización compensatoria que repare años de inestabilidad.

Si bien la sentencia afecta a todo el territorio, los datos de la última Encuesta de Población Activa (EPA) revelan que el desafío es particularmente crítico en Euskadi. La CAV con 68.700 interinos lidera el ranking de temporalidad pública en el Estado con una tasa del 38,5%. Es decir, casi cuatro de cada diez empleados de la administración vasca no tienen una plaza en propiedad. Nafarroa, con 24.100, no se queda atrás, situándose en el tercer puesto del podio con un 34,9%.

Para los profesionales vascos, la sentencia no es solo teoría legal, es un mandato de supervivencia laboral en territorios donde la administración es un motor económico fundamental.

Las nuevas reglas del juego

El cambio sustancial que introduce el Supremo radica en la figura de la “fijeza”. Hasta ahora, el consuelo judicial solía ser la condición de “indefinido no fijo”, un limbo jurídico que no garantizaba la estabilidad total. Con el nuevo dictamen, si un trabajador ha sufrido abuso de temporalidad y en su día superó un proceso selectivo (una oposición), aunque no obtuviera plaza por falta de vacantes, tendrá derecho a ser reconocido como personal fijo. Desde UGT Servicios Públicos inciden en que esta vía respeta escrupulosamente los principios de “igualdad, mérito y capacidad”. En Euskadi, donde la alta cualificación y la exigencia de los procesos selectivos son la norma, este matiz abre una puerta de esperanza para miles de trabajadores que, habiendo demostrado su competencia en exámenes oficiales, han quedado atrapados en un bucle de contratos temporales durante años.

Para quienes no han superado un proceso de oposición, el Supremo habilita una vía de reparación económica. La sentencia establece criterios orientadores basados en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con indemnizaciones que pueden oscilar entre los 1.000 y los 10.000 euros.

No obstante, la justicia deja claro que estos importes no son un techo. Si el trabajador temporal logra acreditar un perjuicio profesional o económico superior, la administración deberá compensar el daño de forma íntegra. Además, esta cifra es acumulable a la indemnización por extinción de 20 días por año trabajado en caso de cese.

16/05/2026