La implementación efectiva del derecho de todo ciudadano vasco a ser atendido en euskera por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi ha sido -y sigue siéndolo- un verdadero quebradero de cabeza para sus responsables. Durante los últimos años, han sido muchas las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) y los procesos de estabilización y adjudicación de plazas que se han visto anulados desde los tribunales por considerar estos fuera de lugar las exigencias establecidas en relación al nivel de conocimiento de la lengua vasca de los aspirantes. Esa inseguridad jurídica ha llevado a que el Parlamento Vasco, en una iniciativa del PNV validada por la abstención de EH Bildu, aprobara hace poco más de un mes una reforma de la Ley de Empleo Público con la intención de blindar los requisitos lingüísticos para el acceso al trabajo en este sector. Pero, hasta poder comprobar si este movimiento obtiene el efecto que persigue, las sentencias contrarias a la actuación de diferentes instituciones públicas por este motivo siguen sucediéndose. La más reciente es la ratificación, por parte del Tribunal Supremo (TS), de un fallo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que invalidaba la exigencia del Gobierno Vasco a las empresas subcontratadas de las mismas condiciones lingüísticas que a los funcionarios.
El mes de julio arrancaba con un auto del Tribunal Constitucional (TC) que rechazaba la cuestión de constitucionalidad planteada en su día por el TSJPV -en base a un recurso de Vox- respecto al artículo 187.5 de la Ley de Empleo Público de 2022, que dice literalmente: “Todos los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas, sus instituciones y organismos, incluidos aquellos de naturaleza temporal o coyuntural, tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, determinado según las características y necesidades comunicativas atribuidas a dichos puestos de trabajo y a las destrezas lingüísticas exigibles a dicho fin”. El TC no solo no ve motivo para analizar ninguna vulneración de la Carta Magna española en el texto, sino que además reprocha en su escrito al TSJPV que no fundamente correctamente en sus sentencias la judicialización de la normativa vasca de empleo público.
No obstante, la satisfacción que supuso para el Gobierno Vasco y los colectivos euskaltzales este posicionamiento del Constitucional duró poco, porque solo unos días después, el 13 de julio, se hizo público que el Supremo ratificaba la anulación del precepto establecido por el Ejecutivo de Lakua sobre la exigencia a las empresas subcontratadas por las administraciones públicas de prestar el servicio “en las mismas condiciones exigibles a la administración titular” en lo referente al uso de las lenguas oficiales. Para CCOO, que interpuso el recurso respaldado primero por el fallo del TSJPV y después por el Alto Tribunal, la medida tumbada suponía “un grave riesgo de despido para el personal de las contratas que no acredite un perfil lingüístico y dificulta su subrogación en el caso de cambio de empresas”. Justo un año antes, en julio de 2025, el Supremo había confirmado la nulidad de varios artículos del decreto del Gobierno Vasco sobre normalización del uso de euskera en las entidades locales. En respuesta a ello, más de 200 alcaldes y concejales de Euskadi se concentraron frente la sede bilbaina del TSJPV.
Este último revés del TS es otro más de los muchos encajados por las administraciones públicas vascas en su pretensión de garantizar la igualdad efectiva de derechos lingüísticos en las relaciones con la ciudadanía. Un fenómeno recurrente que ha llevado a colectivos a favor de la normalización del uso del euskera como Euskalgintzaren Kontseilua a denunciar una “ofensiva judicial” para perpetuar la prevalencia del castellano sobre la lengua vasca. Desde esta misma entidad ubican como punto de inflexión en lo que denominan como “proceso de desoficialización” del euskera la sentencia dictada por el TSJPV en mayo de 2021, en la que anula el requisito del perfil lingüístico en la convocatoria para 12 plazas de la Policía Local de Irun. El fallo marca una línea de argumentación que se adoptaría en posteriores litigios. El tribunal consideraba en su auto “discriminatorio” el requisito de acreditar un determinado nivel de euskera porque “no se compadece con el necesario respeto al derecho de todos los ciudadanos a optar a los empleos públicos”. Añadía, además, que “no es necesario que todos los agentes de la policía municipal conozcan el euskera para garantizar a los ciudadanos su derecho a relacionarse con la Administración utilizando esa lengua”, puesto que a juicio del TSJPV “sería suficiente con que uno de los integrantes de cada pareja y alguno de los agentes que atienda al público conozcan el idioma”. Y concluye que el deber de acreditar el conocimiento del euskera para ser policía municipal “no está justificado para garantizar los derechos de los ciudadanos” y por ello “se ha convertido en un elemento de discriminación hacia una parte importante de la población”.
La provisión de plazas en los cuerpos de seguridad locales se ha visto especialmente afectada por la judicialización de los procesos a raíz de los criterios lingüísticos fijados por diferentes ayuntamientos. Algo similar ocurrió en Donostia, donde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 anuló la convocatoria de dos plazas para la Policía Municipal por incluir como requisito el disponer del perfil B2 de euskera, argumentando que su conocimiento no era “exigible” a todos los guardias de esa unidad. El consistorio de la capital guipuzcoana recurrió la sentencia ante el TSJPV, pero este la ratificó en septiembre de 2024 remarcando que “no cabe que se exija el conocimiento del euskera para acceder a todos los cargos públicos cuando existe una masa de ciudadanos que no conocen (ni tienen obligación de hacerlo) la lengua cooficial”.
Concentración en Bilbao contra la anulación judicial de las notas de euskera de la PAU.
La anulación de los ‘ceros’ de la PAU, otra intervención para la polémica
Aunque nada tiene que ver con el conflicto entre el derecho de todo ciudadano a relacionarse con la Administración en la lengua oficial que desee y el del acceso al empleo público, la suspensión de los ‘ceros’ que obtuvieron decenas de estudiantes en el examen de euskera de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) del pasado mes de junio ha sido una de las sentencias judiciales que han levantado más polvareda en relación con la lengua vasca, una vez más convertida por desgracia en arma arrojadiza y en objeto de sumario.
Tras el revuelo organizado por el elevado volumen de notas inferiores a un 2 en los exámenes de Lengua Vasca y Literatura II, las familias de algunos de estos jóvenes decidieron recurrir a los tribunales. Días después, varios juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao decretaron medidas cautelares para ellos, solicitando a Euskal Herriko Unibertsitatea (EHU) que no tuviera en cuenta las calificaciones del ejercicio de ambas asignaturas y que reservara la plaza correspondiente a los afectados “mientras se sustancia el recurso”.
Posteriormente, la EHU, que defendió la “rigurosidad del contenido y de la calificación del examen”, anunció un recurso contra los autos judiciales que dejaban cautelarmente sin efecto las notas de euskera al entender que situaban “en una situación de desprotección al resto del estudiantado que ha realizado la PAU y vulneran el principio de igualdad”.
Tras un episodio inicial de tensión entre la EHU y el Gobierno Vasco, después de que la consejera de Educación, Begoña Pedrosa, reclamara al rectorado “total transparencia” en el proceso, ambas instituciones acordaron ampliar provisionalmente las “plazas de excepción” en las diferentes facultades para cumplir con las reservas impuestas en los tribunales.
La suspensión judicial provocó también la movilización de colectivos euskaltzales. Así, Euskalgintzaren Kontseilua convocó concentraciones en los campus de las tres capitales de la CAV para denunciar el salto al ámbito educativo de la “ofensiva política, mediática y judicial”.
Por otro lado, docentes e investigadores de la EHU reunieron más de 12.000 firmas para respaldar a los correctores de la PAU.
En esta misma línea se han producido resoluciones judiciales que transcienden del ámbito municipal y afectan a los criterios implementados por la Academia de Arkaute en sus procesos selectivos. Así, la máxima instancia judicial en la CAV anuló en diciembre de 2025 el curso de suboficiales de la Ertzaintza por no haber valorado de modo “proporcionado” las puntuaciones de méritos por los distintos niveles de euskera. Antes, en septiembre de 2024, había tumbado la exigencia del perfil B2 para acceder a la bolsa de personal interino de la Policía Local por entenderla como “desproporcionada y discriminatoria”, ya que impedía a quienes no podían acreditarlo “acceder a plazas que no necesariamente requieren el perfil lingüístico señalado”.
Algo similar ocurrió un año después con el requisito de un PL2 de euskera para poder ascender a agente primero en la escala básica de las policías locales. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Gasteiz, una vez más, lo consideró “discriminatorio y desproporcionado”, dando así la razón a un agente representado por Francisco López Lera, un abogado que se ha especializado en este tipo de litigios por perfiles lingüísticos tras ganar en 2021 el caso de la convocatoria de la Policía Municipal de Irun que originó una cascada de resoluciones similares. Este letrado también ha llevado la denuncia interpuesta por tres agentes locales de Eibar contra la provisión transitoria interna de seis plazas de agente primero en la localidad armera, la cual ha sido anulada por un juzgado. En la sentencia, que vio la luz a principios del pasado mes de junio, el tribunal rechaza la exigencia de contar con un perfil lingüístico de euskera PL3 (C1) con preceptividad vencida para participar en el proceso, asegurando que no está “debidamente fundamentada” en la convocatoria y, como en fallos precedentes, aludiendo a una supuesta quiebra del derecho a acceder al empleo público en condiciones de igualdad “sin discriminación por razón de la lengua”.
Las diputaciones, afectadas
El de la seguridad no es el único ámbito laboral judicializado por el requerimiento de perfiles lingüísticos. Las diputaciones territoriales han sufrido también sus efectos. La de Bizkaia vio cómo el Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao echaba por tierra en noviembre de 2025 una OPE del Instituto Foral de Asistencia Social de Bizkaia (IFAS) que exigía acreditar un C1 en el 90% de las plazas de técnico de integración social ofertadas (18 de 20). Consideraba que este mandato “no supera el principio de proporcionalidad” al casi duplicar el índice de preceptividad del 46,47% marcado para las plazas con perfil definido en el plan de normalización del euskera. Una situación similar a la que, hace poco más de un mes, resolvió el Tribunal Supremo, al declarar firme el fallo del TSJPV que anuló el requisito de C1 en el 91% de las plazas ofertadas (10 de 11) para celador de obra pública en la Diputación de Bizkaia.
En Gipuzkoa, el Alto Tribunal de Euskadi echó para atrás el año pasado una convocatoria del ente foral de 2023 para 100 plazas de administrativo porque en todas ellas, en diferentes niveles según el caso, se requería el conocimiento del euskera. Redundaba la Sala en que el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración en euskera “debe convivir con el derecho fundamental a acceder al empleo público en condiciones de igualdad”.
La Diputación guipuzcoana también ha perdido otros pleitos de esta índole, como el que concluyó con la anulación por el TSJPV de la exigencia de un PL2 en todas las plazas de personal cuidador de un proceso de estabilización de empleo temporal, apelando de nuevo al derecho de las personas castellanoparlantes al acceso a los puestos de trabajo convocados. O el de las limpiadoras en residencias del organismo foral Kabia, en el que un juzgado de Donostia invalidó en el pasado mes de enero el requisito del PL1 en 11 de las 15 plazas haciendo hincapié en “el cariz discriminatorio, por razones lingüísticas, de las bases recurridas” y recordando que el porcentaje de puestos con exigencia de euskera (73,33%) supera el 63,19% preceptivo en la Diputación de Gipuzkoa.
"Más consenso"
El sindicato CCOO, personado como parte demandante en este sumario y en otros similares, denunciaba tras esta última sentencia “la insistencia de algunas administraciones en vulnerar la normativa lingüística del propio Gobierno Vasco y los derechos laborales de trabajadoras y trabajadores”. Desde el Ejecutivo de Gasteiz, en cambio, hace apenas un par de semanas se reclamaba “más consenso” en torno al euskera. Lo hacía María Ubarretxena tras conocerse el rechazo del TS al recurso de casación interpuesto por Lakua ante la limitación de las exigencias lingüísticas decretada por el TSJPVpara las subcontratas que trabajan para la administración. “Lo que no queremos es polémica y que el euskera se convierta en foco de procesos judiciales”, añadía la portavoz gubernamental.
Sin embargo, la realidad es tozuda. Hace solo unos pocos días ha salido a la luz la admisión a trámite por parte del Supremo de un recurso de tres trabajadores interinos del Ayuntamiento de Bermeo contra el proceso de estabilización de sus plazas, que elevaba la exigencia del nivel de conocimiento de euskera a un PL4. Veremos si, a medio plazo, la reforma de la Ley de Empleo Público logra el fruto deseado de dotar de la necesaria seguridad jurídica a las OPEs y demás procesos selectivos. Pero, de momento, frente a los deseos de Ubarretxena, todo apunta a que el euskera seguirá sometido a juicio en los tribunales, donde pesa, sobre la garantía de su presencia equiparada a la del castellano en la Administración, una condena que no cesa.