Política

La Audiencia valida el relato policial y ratifica la condena a la detenida el 8-M de 2021

El testimonio del policía foral que denunció haber recibido una patada durante el forcejeo ha sido la clave en un caso en el que las cámaras no recogen con claridad la supuesta agresión
Ainhoa Larumbe Biurrun, poco antes de entrar en la Audiencia para acudir al juicio
Ainhoa Larumbe Biurrun, poco antes de entrar en la Audiencia para acudir al juicio

La Audiencia Provincial de Navarra ha ratificado la condena que en mayo del año pasado impuso el Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona contra Ainhoa Larumbe Biurrun, una vecina de Pamplona de 48 años que fue detenida el 8 de marzo de 2021 tras haber sido partícipe de un acto feminista que desembocó en un altercado con la Policía Foral.

En un primer momento, la Fiscalía pedía para ella 15 meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad por, supuestamente, haber propinado una patada en la espinilla a un policía durante los forcejeos. Pero finalmente fue condenada por un delito de resistencia en una sentencia donde el testimonio del policía fue clave.

Larumbe deberá pagar ahora las costas de este último proceso, que se suman a los 2.400 € de multa que ya abonó en concepto de multa por la condena. La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia admite recurso, pero el recorrido judicial de la causa acaba aquí, porque Larumbe ya no va a pleitear más.

Los vídeos aportados

Acaba un caso que fue bastante sonado. Muchos recuerdan el vídeo de una cadena de televisión que recogió el momento exacto en el que varios policías forales se abalanzaron sobre la acusada, en una acción que le provocó lesiones cervicales y de hombro que la tuvieron de baja un mes.

A día de hoy, sigue padeciendo dolores y visitando traumatólogos para remediar las secuelas que le dejó el lance, recogido con toda su crudeza en fotos y vídeos.

Esas imágenes, junto con otros dos vídeos aportados por la propia Larumbe en su defensa, recogían el momento después de que participara fugazmente –durante dos minutos– en una pequeña manifestación improvisada que se montó en el Paseo de Sarasate con motivo del 8-M.

Agresión “difícil de verse”, según la Fiscalía

La policía autonómica, allí presente porque en el lugar ya había una protesta de trabajadores de M. Torres, quiso desalojar al grupo de activistas feministas y despojarle de una pancarta. Hubo forcejeos y tensión, aunque Larumbe siempre sostuvo no haber propinado ninguna patada. Y todo acabó con la detención de Larumbe.

Sin embargo, esos vídeos no sirvieron para defender que, precisamente, la víctima de un abuso policial había sido Larumbe, como sostuvo su defensa, que acreditó con los documentos gráficos una desproporción por parte de los policías que no atendió la justicia en ninguna parte del proceso. Fueron las imágenes de las cámaras exteriores del Parlamento las que se utilizaron como prueba durante la vista para intentar atribuir la supuesta patada al policía por parte de Larumbe, aunque aquellas imágenes eran difícilmente concluyentes.

Así se recogió en la primera sentencia. La jueza se apoyaba en el informe de la Fiscalía, que subrayaba que era una “agresión difícil de poder verse” porque se trataba “de un golpe en la espinilla que se da en medio de un tumulto, con una pancarta de por medio y en la que la atención no está en lo que pasa en los pies”.

La acusación policial, clave

Sin imágenes absolutamente claras, la prueba más sólida era el testimonio del policía, en el que la jueza veía coherencia y ningún ánimo vengativo. Pues bien, ahora la Audiencia dice que todo el proceso judicial de mayo de 2022 se hizo “sin irregularidades procesales” y sin constatar “ningún error en la valoración de la prueba practicada”.

Apunta que la acusada “no solo tuvo un comportamiento meramente pasivo, sino que se opuso e hizo actos tendentes a impedir la acción policial”. Y rescata la jurisprudencia del Supremo sobre el valor de las testificales de los agentes, cuyas declaraciones sobre “hechos de conocimiento propio” constituyen “prueba de cargo apta y suficiente para enervar la presunción de inocencia”.

“No apreciamos motivo alguno para dudar acerca de la realidad de los hechos afirmados por los agentes o para poder considerar que los mismos traten de imputar falsamente a la acusada un hecho que no hubiere cometido”, ratifica la Sección Segunda de la Audiencia.

Con todo, da por buena la tesis policial de la patada en la espinilla y dice que Larumbe “forcejeó”, trató de evitar el trabajo policial, profirió “expresiones ofensivas” e “intentó por la fuerza” oponerse a la acción de los agentes. La nueva sentencia habla de que de las grabaciones se deduce, “al menos”, una “resistencia pasiva grave o incluso no grave” por parte de Larumbe.

"Siento que he sido una especie de cabeza de turco"

Por un lado, a Ainhoa Larumbe Biurrun (25 de marzo de 1974) le da rabia cómo ha quedado esto. Pero, por otro, cerrar este capítulo “que hubiese podido con cualquiera” le alivia.

Esta pamplonesa, madre de dos hijas adolescentes y trabajadora en un comedor de escolares, lo que más lamenta es que la justicia haya pasado olímpicamente de atender sus denuncias de desproporción policial. “Siento que no se ha hecho justicia, que he sido la cabeza de turco”.

Agradece a los colectivos feministas, que la apoyaron contra la opinión de Fiscalía, así como a colectivos culturales y populares, Sanfermines78, Federación de Peñas, Eguzki Eder Danitza taldea, Andraize, la comunidad de Patxi Larrainzar y a todos y todas las que le acompañaron el día del juicio. “Ha sido una odisea. Gracias de corazón. Mis hermanas me defienden. Me ha tocado a mí pero podríamos haber sido cualquiera. Por mí, por mis principios, por mis hijas, mi madre, mis tías, amatxis y por todas. Este abuso policial ha quedado impune por la justicia que tenemos”

2023-02-20T19:22:02+01:00
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