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El TSJPV ratifica el despido de un trabajador de una tienda de Barakaldo por "acoso sexual"

El despedido, empleado de un establecimiento comercial en el municipio vizcaíno, sometía a “tocamientos indeseados” a sus compañeros y les había hecho "comentarios de índole sexual"
Sede del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en Bilbao
Sede del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en Bilbao / E.P.

Actualizado hace 8 minutos

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado el despido disciplinario a un trabajador de un establecimiento comercial de una multinacional, con sede en Barakaldo, Bizkaia, por "acoso sexual" a sus compañeros, a los que sometía a "tocamientos indeseados" en partes íntimas y les había hecho "comentarios de índole sexual".

En la sentencia, el TSJPV desestima el recurso de suplicación interpuesto por el despedido contra la resolución de instancia que ha confirmado. En ella se considera probado que el 21 de febrero de 2025 una empleada denunció ante la dirección un asunto que consideraba "urgente" por el "comportamiento inapropiado" por parte de otro trabajador que, en su opinión, había vulnerado el Código de Conducta establecido por la empresa, al "tocar indebidamente, sin consentimiento y en repetidas ocasiones, a varios compañeros del equipo".

Ambiente incómodo y preocupante

Estos, según su relato, le habían mostrado su "incomodidad" y le habían pedido que dejara de hacerlo. Tal como explicó, la actitud de este empleado, además de "infringir las normas de convivencia dentro de la empresa", había generado "un ambiente incómodo y preocupante" para sus compañeros.

Según relató uno de ellos al resto del equipo, mientras cargaba mercancía en una máquina de carga, el denunciado se le acercó por detrás y le sometió a "tocamientos que quedaban completamente fuera de lugar y que fueron realmente incómodos" para él.

Además, en varias ocasiones, según otros trabajadores, con la excusa de que eran hombres, "intentaba e incluso llegaba a tocarles zonas íntimas", por lo que le habían pedido que dejara de hacerlo.

Invasión del espacio personal

La denunciante afirmó ante la empresa que ella se había sentido "incómoda" al compartir espacio de trabajo con el denunciado porque tenía "tendencia a invadir el espacio personal y acercarse en exceso con el torso pegado" a su espalda cuando pasaba por detrás de ella.

Esta queja la había trasladado a sus 'managers', al servicio médico, a responsables de prevención de riesgos laborales y recursos humanos de la multinacional, y había solicitado que se adoptasen "las medidas convenientes para resolver estas situaciones, conforme a las políticas y procedimientos internos establecidos por la empresa".

La responsable de vigilancia de salud de la compañía convocó a una reunión al trabajador demandado, que admitió haber realizado "tocamientos" a compañeros varones, pero aseguró que se trataba de "bromas". Esta representante de la empresa también habló con los empleados citados en la denuncia y con otros afectados a través de la plataforma 'teams'.

Despido disciplinario

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Por ello, el 17 de marzo de 2025, la comisión instructora de situaciones de acoso emitió informe en el que concluyó que los hechos investigados constituían "acoso sexual". Ante ello, el denunciado hizo constar su disconformidad y presentó el 1 de abril alegaciones escritas en las que aseguró que no había cometido ningún acto que "pueda dañar física ni moralmente a sus compañeros, y mucho menos ningún delito". A su vez, acusó al personal de la empresa de someterle a "acoso continuado".

Por su parte, la empresa remitió al trabajador carta de despido disciplinario fechada el 2 de abril, con efectos al mismo día, en la que les trasladaba que las conclusiones del informe contra él eran "contundentes" y se consideraba que era responsable de "inferir en una situación absolutamente inapropiada e intolerable, con comentarios y acciones sexistas, constitutivos de acoso sexual conforme al protocolo existente en la compañía".

2026-08-25T15:21:39+02:00
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