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El Tribunal Supremo ha aplicado este martes la amnistía al líder de ERC, Oriol Junqueras, a la exconsellera Dolors Bassa y a los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva, que estaban inhabilitados hasta 2031 el primero, y hasta 2030 los otros tres, de manera que ya pueden presentarse a las elecciones.
La Sala de lo Penal ha dictado un auto en el que declara extinguida la responsabilidad criminal derivada de la sentencia del 'procés', en aplicación de la ley de amnistía y al asumir en su integridad la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a Bassa.
Asimismo, acuerda la eliminación de los antecedentes penales, que también solicitaron los exconsellers Joaquim Forn, Meritxell Borrás, Carme Forcadell y Josep Rull, condenados en la misma causa.
"Por fin se ha hecho justicia donde solo había injusticia"
Junqueras ha celebrado este martes su amnistía y ha destacado que "por fin se ha hecho justicia allí donde había injusticia. Ambición. País. Futuro", ha señalado en un mensaje en X.
En 2019, Junqueras fue condenado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación, mientras que Turull, Romeva y Bassa fueron sentenciados a 12 años de prisión y los mismos de inhabilitación.
Dos años después, el Gobierno de Pedro Sánchez les concedió un indulto parcial de las penas de prisión y en junio del 2024, el Supremo rechazó aplicar la amnistía a la malversación al entender que obtuvieron un beneficio personal de naturaleza patrimonial, una de las excepciones que recoge la norma.
Puigdemont aún tiene que esperar a unos formalismos jurídicos
Tras la decisión del Constitucional del pasado día 6 que ordenó amnistiar el delito de malversación a los líderes del 'procés, el Supremo procede a aplicar el fallo y, como consecuencia, los cuatro podrán concurrir a elecciones y ocupar cargos públicos.
En cuanto a la amnistía a Puigdemont, la Sala no entra en este momento a ello si bien se trata de una cuestión de tiempo pues hay una serie de formalismos jurídicos que se deben de completar previamente, tras la decisión del juez Pablo Llarena de confirmar este lunes la anulación de la orden de detención nacional contra el expresident y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.
El auto de Llarena, que ya se mostró favorable a la amnistía, es recurrible en reforma ante el juez y en apelación ante la Sala y, además, le corresponde dictar el auto de conclusión del sumario, que aún se puede demorar unos días.
Duras críticas al Constitucional
Como ya hiciera Llarena, la resolución también contiene duras críticas al Constitucional por los calificativos que incluyó en su sentencia cuando acusó al Supremo de una “interpretación extensiva e impredecible“ y de un distanciamiento del “sentido común“ y de “la lógica“ a la hora de interpretar y aplicar la ley de amnistía.
Tras destacar que asume en su integridad la decisión del TC, la Sala resalta que esas “consideraciones son manifiestamente prescindibles“ y “absolutamente innecesarias“ para el respaldo de lo resuelto”.
“La corteza de esos vocablos, su innecesaria grandilocuencia revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional que corresponde al Tribunal Supremo con expresiones llamadas a camuflar la intensidad de la injerencia”, subraya.
En su opinión, la resolución apoyada por la mayoría progresista “encierra una descalificación que alcanza a otros catorce magistrados que han defendido la interpretación que ahora se considera vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva“.
Entre ellos, precisa, cinco magistrados de propio Constitucional. que “han expresado en un voto particular su desacuerdo con la reiterada suplantación del rol funcional que corresponde al Supremo en la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria“.
De esta forma, “el significativo número de magistrados que han expresado su coincidencia con la tesis que ahora rechaza la mayoría del Tribunal Constitucional hace muy difícil aceptar con naturalidad la irracionalidad que se atribuye a la decisión recurrida”.
Los magistrados arremeten contra el rol que el TC ha adoptado en los últimos años hacia el Supremo
Indican los magistrados que “la resolución que otorga el amparo a Bassa no es interpretada por esta Sala como la manifestación de un conflicto institucional con el Tribunal Constitucional, sino como una ruptura de este órgano con su propia jurisprudencia histórica”.
El Supremo va más allá del 'procés' y aprovecha para arremeter contra el garante de la Carta Magna por las decisiones adoptadas en los últimos años, que han enmendado al alto tribunal en procedimientos como el de los ERE, el exdiputado Alberto Rodríguez o un polémico nombramiento de la ex fiscal general Dolores Delgado.
Lo hace cuando dice que “la mutación“ del TC “en una última instancia con capacidad revisora de la interpretación de cualquier norma jurídica suscrita por el Supremo está desdibujando el diseño que quisieron los constituyentes al definir las relaciones entre los jueces independientes, inamovibles, responsables ante la ley y quienes sin esas garantías y durante un período temporal cerrado de 9 años se ocupan de preservar las garantías constitucionales".