Economía

Cuidado con sacudir el felpudo por la ventana: hasta 3.000 euros de multa

Así se recoge en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, donde se hace referencia a la prohibición de realizar actividades molestas, insalubres o nocivas
Primer plano de una mano abriendo una ventana
Primer plano de una mano abriendo una ventana / Magnific

Actualizado hace 53 minutos

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es una normativa a la que se ha hecho referencia en diferentes ocasiones por su importancia en la regulación de las relaciones, derechos y obligaciones de los propietarios de inmuebles que pertenecen a la misma comunidad o edificio. Una norma que tiene su base en el artículo 396 del Código Civil, donde se define el concepto de propiedad horizontal y que se desarrolla en la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

Regular las relaciones, derechos y obligaciones de los propietarios de inmuebles

Según así se hacen eco los profesionales de Idealista, entre las obligaciones más relevantes que implanta la Ley de Propiedad Horizontal destacan: "Respetar las instalaciones y no alterar elementos arquitectónicos o servicios de la comunidad si ponen en juego la seguridad, la configuración o el estado exterior del edificio, o bien afecta negativamente los derechos de otros propietarios. Conservar en buen estado el propio inmueble. Contribuir, con arreglo a la cuota de participación, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización No realizar actividades prohibidas que resulten dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilegales. Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo". En base a ello, la LPH establece una serie de mecanismos para actuar frente a aquellas actividades que resulten molestas o perjudiciales para la convivencia vecinal.

Las multas por sacudir el felpudo por la ventana ascienden a los 3.000 euros

Una de las acciones que, para sorpresa de una buena parte de la sociedad, se puede sancionar no es otra que sacudir el felpudo. El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge las obligaciones de los propietarios de las viviendas y hace referencia directamente a la prohibición de realizar actividades molestas, insalubres o nocivas, dentro de la cual podría entrar sacudir el felpudo. Lo hace de la siguiente manera: "Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".

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En caso de que se produzca una denuncia vecinal, lo siguiente que ocurrirá será la actuación municipal. Eso sí, lo habitual es que en estos casos se encuentre una solución dialogada dentro de la comunidad para evitar que se sigan produciendo unas acciones que pueden resultar molestas a los vecinos. Con independencia de las medidas de la junta de propietarios, los servicios de inspección o la policía local pueden multar si observan algún incumplimiento de la normativa.

Además, hay que tener en cuenta que en la mayoría de las ocasiones, sacudir felpudos y similares por las ventanas se considera una infracción leve, siempre y cuando no produzcan daños graves, reincidencia o desobediencia a los requerimientos municipales. Teniendo esta información en cuenta, las sanciones más habituales suelen llegar hasta los 750 euros, aunque la cantidad varía según el ayuntamiento. Si las infracciones son graves, es cuando alcanzan hasta 3.000 euros, como ocurrirá si existe un incumplimiento reiterado, se reincide de forma continuada o si se provoca un gran perjuicio a terceros o al propio entorno urbano.

2026-08-01T17:09:05+02:00
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