La Abogacía del Estado ha mostrado su rechazo a la suspensión del voto para los hijos de los nacionalizados a través de la ley de nietos, tal y como habían pedido al Tribunal Supremo (TS) Vox y Iustitia Europa.
La Abogacía del Estado advirtió al Supremo de que suspender el voto a los hijos de los nacionalizados por la ley de nietos podría afectar "al escrutinio final que haya de realizarse y proclamarse por cuanto pudieren existir sufragios emitidos pero pendientes de computar".
Vox y Iustitia Europa pidieron al Supremo que suspendiera cautelarmente el derecho al voto de los hijos e hijas de quienes previamente accedieron a la nacionalidad española a través de la conocida como ley de nietos.
Solicitan, como medida cautelarísima sin oír a las partes, que suspenda los efectos electorales de todas las personas incorporadas al Centro de Residentes Ausentes (CERA) que hayan adquirido la nacionalidad a través del Anexo III de la norma.
Según Iustitia, a 31 de julio de 2026, inmediatamente antes del cierre del censo electoral aplicable a estas elecciones, constaban 189.678 inscripciones correspondientes a este supuesto.
Votos "separados y bajo custodia"
De esta forma, solicita que los sufragios puedan ser recibidos pero permanezcan "separados y bajo custodia", suspendiéndose su incorporación al escrutinio hasta completar la identificación de los electores afectados y su relación con los progenitores ya sometidos a cautelares.
Ahora, la Abogacía del Estado rechaza esta petición y argumenta que aún no hay una sentencia firme que acredite que los afectados por la ley de nietos han obtenido la nacionalidad de manera irregular. Y añade que el fallo de la sentencia no abarcaría ni alcanzaría a las personas respecto de las que ahora se interesa la adopción de la medida cautelar por cuanto el título en virtud del cual habrán ejercitado su derecho a optar por la nacionalidad española deriva de ser "hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad".
También advierte de que la identificación individual de los afectados requeriría revisar manualmente expedientes en todas las oficinas consulares, lo que ya supuso un esfuerzo extraordinario en medidas anteriores y sería inviable repetirlo en el plazo requerido.