Política

Tener las vacaciones contratadas antes del 30 de mayo eximirá de acudir a las mesas electorales

La Junta Electoral Central acuerda que sea una excusa válida no formar parte de una mesa cuando suponga la cancelación de un viaje o estancia vacacional, contratados antes del 30 de mayo y haya perjuicio económico
Un colegio electoral en Santander.
Un colegio electoral en Santander.

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto la puerta a que las personas que tuvieran contratadas sus vacaciones antes del 30 de mayo puedan librarse de formar parte de una mesa electoral en los comicios del 23 de julio si demuestran que su cancelación les supone un "perjuicio económico o trastorno grave", y siempre que esté garantizada la composición de la mesa.

Así lo ha acordado el organismo arbitral en la reunión que ha mantenido este jueves en el Congreso, ante el escenario inusual de la celebración de unas elecciones generales en pleno mes de julio.

En concreto, la JEC establece que si la jornada electoral coincide con un "desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de la convocatoria de las elecciones" (el decreto de convocatoria se publicó el 30 de mayo) se podrá argumentar como "excusa" ante la Junta Electoral de Zona correspondiente los perjuicios que acarrearía su anulación.

Eso sí, el organismo arbitral puntualiza que debe tratarse de "perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante", que deberá acreditarse "documentalmente".

Además, para ser considerado como excusa, la junta electoral de zona correspondiente tendrá que asegurarse "la integración plena de las mesas", es decir, que estas podrán quedar debidamente constituidas el día de la votación.

2023-06-09T04:04:43+02:00
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