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Café con Patas

Con Jon Arraibi
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El espacio semanal de los animales de la mano de Jon Arraibi

Entrevistas Café con Patas

¿Pueden heredar los perros en España? Cómo asegurarnos de que estén protegidos cuando ya no estemos

La abogada Laura Jauregui nos explica como garantizar legalmente que un animal quede protegido en caso de fallecimiento de la persona responsable
¿Pueden heredar los perros en España? Cómo asegurarnos de que estén protegidos cuando ya no estemos
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18:09

Para muchísimas personas, su perro o su gato es familia. Comparte sofá, rutinas, vacaciones, afecto, en definitiva, ocupa un lugar central en la vida diaria. Por eso surge una pregunta que a veces cuesta hacerse, pero es necesaria: ¿Qué pasará con él cuando yo ya no esté?

El reciente caso de Consuelo Correa, una mujer de 70 años que ha dejado parte de su patrimonio a una protectora para garantizar el cuidado de su perra Mulán tras su fallecimiento, ha vuelto a poner este tema sobre la mesa. ¿Puede un animal heredar directamente en España?

Para entenderlo mejor, en Café con Patas hemos hablado con la abogada Laura Jauregui, especialista que nos ayuda a aterrizar este asunto tan emocional… como jurídico.

La realidad legal: los animales no pueden heredar directamente

Aunque actualmente la ley reconoce a los animales como "seres sintientes", lo cierto es que eso no significa que puedan heredar como lo haría una persona.

Jauregui lo explica de forma clara: en España un animal no puede ser heredero ni legatario directo. No tiene personalidad jurídica, así que no puede ser titular de bienes. Es decir, no se le puede dejar dinero o una casa "a nombre del perro".

Entonces, ¿que opciones hay?

La vía es indirecta: dejar los bienes a una persona concreta o a una entidad (por ejemplo, una protectora), imponiéndoles en el testamento la obligación legal de cuidar del animal. Es decir, el dinero o el patrimonio no va al perro o al gato, sino a alguien que se compromete jurídicamente a velar por él.

Un testamento bien hecho marca la diferencia

Aquí está la clave. No basta con decir "quiero que esta persona cuide de mi perro". Cuanto más detallado esté el testamento, más garantías habrá de que se cumpla la voluntad del propietario.

La abogada recomienda especificar aspectos como:

  • Qué tipo de cuidados veterinarios debe recibir.

  • Qué alimentación se le debe proporcionar.

  • Si se prohíbe cederlo a terceros.

  • Cómo deben justificarse los gastos destinados a su bienestar.

Cuanto más concreto sea el documento, más fácil será exigir que se cumpla. Además, la ley permite nombrar a un supervisor que vigile que esa persona o entidad está cumpliendo con lo pactado. Incluso se pueden establecer penalizaciones: por ejemplo, que si el heredero no cumple con la obligación de cuidar al animal, pierda lo heredado en favor de otra persona o entidad.

¿Y si no dejamos nada previsto?

Aquí viene la parte más incómoda, pero necesaria. Si una persona fallece sin haber dejado instrucciones sobre su animal y nadie de su entorno se hace cargo, interviene la administración. Los servicios municipales pueden recoger al animal y trasladarlo a un centro o protectora para evQtar el abandono.

En ese punto, el destino del perro o gato dependerá del sistema público y de la disponibilidad de recursos. No siempre es el escenario que la persona habría querido para su compañero de vida.

¿Estamos por detrás de otros países?

En algunos países existen figuras más específicas, como en Estados Unidos, que permiten crear fondos exclusivamente destinados al cuidado del animal.

En España no contamos todavía con un instrumento tan concreto. Pero, según explica Jauregui, el principal problema no suele ser tanto la ley como la falta de planificación. Muchas personas simplemente no dejan nada por escrito. Y eso sí tiene solución.

Planificar también es querer

Cada vez más personas consultan sobre cómo incluir a sus animales en el testamento o cómo regular su custodia en caso de divorcio. La sensibilidad social está cambiando, y con ella, las prioridades legales.

La reflexión final de la abogada es sencilla y directa: querer a un animal también implica pensar en su futuro cuando nosotros no estemos. Un testamento bien hecho no es algo inalcanzable ni excesivamente costoso, y puede marcar la diferencia entre la incertidumbre y la tranquilidad.

Porque la responsabilidad hacia quienes dependen de nosotros no termina mientras vivimos. También se extiende a ese momento en el que ya no podamos cuidarlos… pero sí podemos haber dejado todo preparado para que alguien lo haga por nosotros.

21/02/2026
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