Actualizado hace 59 minutos
El titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para el hombre detenido como presunto autor de una agresión sexual cometida en la madrugada del pasado 10 de julio. Los hechos, que han generado una profunda consternación, tuvieron lugar en un portal de la emblemática calle Estafeta, donde la víctima fue localizada.
Semiinconsciente en un portal
Según recoge la resolución judicial, la intervención se produjo después de que la mujer fuera encontrada en un estado de semiinconsciencia en el interior de un portal de la citada vía. Los detalles aportados por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) son determinantes para entender la gravedad del escenario: la mujer se encontraba semidesnuda y presentaba una amnesia total sobre lo sucedido durante la secuencia de los hechos.
La investigación ha revelado que, incluso horas después del incidente, la denunciante arrojó una elevada tasa de alcohol en sangre, un factor que, unido al posible consumo de estupefacientes admitido en su declaración, explicaría la pérdida de memoria de la víctima. Esta situación de indefensión física y cognitiva es uno de los pilares sobre los que se asienta la decisión del magistrado para dictar la medida cautelar más severa.
Versiones enfrentadas
Durante la comparecencia judicial, el investigado ofreció una versión de los hechos diametralmente opuesta a la de la acusación. El detenido sostuvo en todo momento que las relaciones sexuales fueron propuestas por la mujer y que estas se desarrollaron de manera consentida. Según su testimonio, la denunciante se encontraba "consciente y conocedora" de lo que estaba ocurriendo en el portal.
Sin embargo, el juez ha calificado estas manifestaciones de "inconsistentes". La resolución subraya una contradicción fundamental: si, como afirma el detenido, la relación fue plenamente consentida y la mujer estaba consciente, no resulta lógico que la abandonara en un portal, semidesnuda y en un estado de semiinconsciencia tal que requirió atención médica posterior. Para el instructor, el atestado médico practicado horas después corrobora de forma objetiva que la víctima no estaba en condiciones de prestar un consentimiento válido.
La pertinencia de la prisión provisional
La decisión del magistrado se alinea con las peticiones realizadas por la Fiscalía y la acusación particular, quienes solicitaron el ingreso en prisión sin fianza debido a la naturaleza de los delitos investigados. Por su parte, la defensa del detenido interesó la libertad provisional, proponiendo medidas cautelares alternativas menos gravosas para su representado, una opción que fue finalmente descartada por el tribunal.
El auto judicial justifica la excepcionalidad de la prisión preventiva basándose en dos factores. En primer lugar, el riesgo de fuga. El magistrado considera que, dado el "horizonte penológico" que afronta el investigado por la gravedad de los delitos de agresión sexual, existe una alta probabilidad de que intente sustraerse de la acción de la justicia. En segundo lugar, la medida busca "reportar tranquilidad y seguridad a la víctima", protegiéndola de cualquier posible contacto o represalia mientras continúa la instrucción del caso.
Un proceso judicial en marcha
Aunque el ingreso en prisión ya se ha hecho efectivo, la resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Navarra. El proceso se encuentra en una fase crucial de recogida de pruebas y testimonios para esclarecer definitivamente lo ocurrido en el portal de la calle Estafeta.
Este caso vuelve a poner el foco sobre la seguridad y el respeto en las fiestas de la capital navarra, reforzando la contundencia de las instituciones ante cualquier sospecha de violencia sexual.