Actualizado hace 47 minutos
La titular de la plaza número 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza para dos hombres acusados de cometer agresiones sexuales a una joven en un asentamiento de tiendas de campaña en Aranzadi. Los hechos, acontecidos entre el 30 de septiembre y el 2 de octubre, salieron a la luz cuando la víctima logró escapar, pedir auxilio a un viandante y ser auxiliada por los servicios policiales en un evidente estado de shock, tras sufrir una espiral continuada de violencia física, sumisión química y abusos por parte de los investigados y de terceros.
Imputaciones penales que superan los 25 años de cárcel
La gravedad de las actuaciones investigadas ha llevado a la magistrada a imputar delitos de enorme entidad penal a los dos arrestados. Al primer investigado, considerado el principal agresor, se le atribuyen un delito continuado de agresión sexual -con la circunstancia agravante de especial vulnerabilidad-, un delito de prostitución coactiva, dos delitos de lesiones menos graves cometidos con instrumento peligroso y un delito leve continuado de hurto. Por el conjunto de estas infracciones penales, este hombre se enfrenta a una sumatoria de penas que podría rebasar los 25 años de prisión.
Por su parte, al segundo hombre se le investiga en la causa judicial como presunto autor de un delito de agresión sexual, cuya sanción penal contemplada en el Código Penal podría llegar a alcanzar los 12 años de privación de libertad.
Violencia continuada y agresiones con arma blanca
Según el testimonio de la la víctima, el 30 de septiembre, el principal encausado amenazó a la joven y la atacó con un cuchillo, provocándole cortes en una pierna. Ante el peligro inminente, la víctima buscó cobijo en una tienda de campaña colindante, habitada por el segundo investigado. Sin embargo, mientras permanecía dormida en este espacio, el habitante de la tienda se aprovechó de su situación para agredirla sexualmente. Por miedo a represalias, la joven permaneció refugiada allí hasta la mañana siguiente, momento en el que regresó a la tienda del primer sospechoso.
La violencia física continuó en los días posteriores. El 1 de octubre, el primer agresor le arrojó un vaso de cristal que le causó un impacto y lesiones en la frente. Finalmente, el 2 de octubre, el hombre volvió a abalanzarse sobre ella en la tienda, tumbándose encima e intentando besarla y abrazarla. En ese instante, la víctima logró zafarse, huyó a la carrera y demandó ayuda a un transeúnte, quien alertó de inmediato a la Policía para su rescate en un cuadro agudo de shock.
Explotación sexual
Más allá de estos episodios violentos concretos, las indagaciones judiciales recogen que, durante fechas anteriores, el principal acusado sustrajo la medicación que tenía prescrita la joven. A su vez, el investigado le suministró de manera subrepticia otras sustancias con el propósito deliberado de dejarla completamente aturdida, privada de sentido e incapacitada para hablar u oponerse.
Aprovechando este estado de anulación absoluta de la voluntad, el encausado agredió sexualmente a la víctima en múltiples ocasiones y permitió que otros hombres realizaran actos sexuales con ella, conducta que sustenta la acusación por prostitución coactiva.
Informes forenses y vestigios hallados en el registro
La magistrada instructora ha determinado que existen indicios racionales y sólidos de criminalidad para sustentar las acusaciones en esta fase inicial. El pronunciamiento judicial se apoya decididamente en los resultados del examen médico-forense, que certificó lesiones en la frente y erosiones en las extremidades inferiores plenamente compatibles con el relato de la afectada.
Asimismo, las diligencias de entrada y registro practicadas por la policía en el asentamiento de tiendas de campaña aportaron evidencias materiales clave. En el lugar se intervinieron varios medicamentos, el cuchillo presuntamente empleado en el ataque inicial y un pantalón con restos hemáticos que concuerda con las descripciones proporcionadas por la víctima. Durante la comparecencia, ambos arrestados prestaron su consentimiento para la extracción de muestras de ADN, orientada a su posterior cotejo biológico con los vestigios recopilados por los investigadores. En este sentido, la resolución judicial remarca que la ausencia de lesiones genitales o anales no excluye la comisión de las agresiones sexuales denunciadas.
Falta de arraigo y riesgo de fuga
Para fundamentar la medida cautelar de prisión preventiva sin fianza, la jueza apela de forma contundente al elevado riesgo de fuga de los encausados, alimentado tanto por la severidad de las penas de cárcel previsibles como por su absoluta falta de arraigo personal, social y económico. Ninguno de los dos hombres cuenta con domicilio conocido ni puesto de trabajo, subsistían en tiendas de campaña y uno de ellos se encuentra en situación administrativa irregular en el Estado. Del mismo modo, el auto pondera la necesidad imperiosa de garantizar la seguridad de la joven, frente a la reiteración y habitualidad de ataques contra su indemnidad sexual perpetrados tanto por los implicados como por terceras personas.
Finalmente, la magistrada ha determinado denegar por el momento la orden de protección formal solicitada a favor de la víctima. La decisión se justifica en que el ingreso inmediato en centro penitenciario de ambos sospechosos neutraliza el riesgo directo, sin perjuicio de que dicha medida de protección pueda ser acordada si se produjera alguna modificación en la situación personal de los investigados.