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Las cláusulas de los vientres de alquiler: cesárea obligatoria, test de drogas, prohibido salir de la ciudad...

Imagen de archivo de una sanitaria realizando una ecografía a una mujer embarazada.

La madre "por sustitución" tiene derecho a decidir si mantener con vida a la gestante en caso de muerte cerebral. Puede realizarle test de drogas o alcohol al azar en cualquier momento. Puede prohibirle mantener relaciones sexuales. Son algunas de las cláusulas que se desprenden del contrato de vientre de alquiler sobre el que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia esta misma semana.

Y es que el fallo del Tribunal recoge las condiciones de un contrato, en este caso suscrito través de la empresa México Subrogacy, que limitan las actividades que la la madre gestante podrá, o no, realizar durante todo el proceso.

Así, según se lee en la misma "no podrá salir de la ciudad donde reside, ni realizar un cambio de domicilio". Asimismo, también hay cláusulas como que la gestante sustituta está de acuerdo en someterse a una cesárea, salvo que se recomiende un parto vaginal.

Según recuerda la abogada Irati Aizpurua Alkezar, "la evidencia científica dice, y aquí podemos meternos con la violencia obstétrica, que tiene que ser siempre un parto vaginal salvo que por razones médicas tenga que ser cesarea". Por eso, critica que "no se respetan los derechos sexuales y reproductivos de la mujer; carece de capacidad absoluta de decisión", defiende.

Asimismo, incide en que la mujer no tiene ningún tipo de privacidad en lo que a datos de salud respecta, ya que tiene que comunicar todas las pruebas médicas.

Y es que otra de las cláusulas obliga a la "gestante sustituta" a someterse a todo tipo de exámenes médicos que determine la "futura madre" antes y durante el procedimiento de fertilización in vitro. Además, incluye también las "pruebas psicológicas" que se consideren. La mujer, además, "renuncia a todos los derechos de confidencialidad médica y psicológica, permitiendo a los especialistas que la evaluarán compartir dichos resultados con la futura madre".

Sin relación con el bebé

El contrato indica que en caso de que la gestante sustituta se someta a 2 ciclos o más de fertilización in vitro sin quedarse embarazada no habrá compensación, en este caso, 6.000 dolares acordados, que serán el doble en caso de que sean gemelos.

Por otro lado, si la mujer queda embarazada y llega al término, la gestante se compromete a no tener ningún tipo de relación con el niño o niña. "No tendrá, ni tratará de tener relación con el niño (...) La gestante sustituta renuncia a todos sus derechos como la madre legal del niño y ayudará en todos los actos legales necesarios para declarar a la futura madre como madre legal del niño", establece.

Por último, en relación a la interrupción del embarazo establece que "sólo se someterá a un aborto cuando un médico determine que la vida o salud de la gestante está en peligro". Asimismo, la futura madre será responsable del niño que nazca "ya sea sano o no".

10/04/2022