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La Fiscalía de Granada ha solicitado el archivo de la causa contra Juana Rivas por un presunto delito de sustracción de menores, al considerar que no existen elementos suficientes para formular acusación y que los hechos ocurridos en esta ocasión no pueden equipararse a los de 2017, a raíz de los cuales sí fue condenada.
La petición consta en un informe firmado el 14 de septiembre por la Fiscalía Provincial de Granada y dirigido a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada, que es el que está investigando el asunto y ante cuya titular declaró Rivas en calidad de investigada en octubre del año pasado.
El Ministerio Fiscal interesa el archivo al entender que no ha quedado suficientemente acreditada la comisión de un nuevo delito de sustracción de menores, según ha informado en comunicado el despacho Aránguez Abogados, que ejerce su defensa.
Origen de la causa
La causa tiene su origen en la denuncia presentada en marzo de 2025 por Francesco Arcuri después de que el hijo menor de ambos permaneciera en España tras las vacaciones de Navidad y no regresara a Italia, donde residía con su padre, en el plazo fijado por la justicia italiana.
Ello, después de que el Juzgado de guardia acordara la suspensión provisional del regreso del menor tras escucharle y en la línea de lo solicitado por la Fiscalía y por la representación legal de Juana Rivas al estar el padre procesado en Italia por presunto maltrato.
La Audiencia Provincial de Granada acordó en julio de 2025 que se continuara investigando la posible existencia de un delito de sustracción de menores, después de que inicialmente el Juzgado de Instrucción hubiera archivado la denuncia.
La Fiscalía descarta que existiera una voluntad de sustraer al menor al margen de los cauces legales y establece diferencias entre los acontecimientos de 2017 --por los que Juana Rivas sí fue condenada por sustracción de menores-- y los sucedidos en 2025.
La Fiscalía considera que en esta segunda ocasión no concurrió en Juana Rivas una voluntad de retener al menor para hacerse con su guarda y custodia mediante una vía de hecho al margen de los procedimientos judiciales. Por el contrario, el informe subraya que Rivas actuó asesorada jurídicamente y recurrió a distintos procedimientos judiciales para intentar suspender o retrasar la entrega del menor.
La Fiscalía recuerda igualmente que, cuando la orden de restitución terminó siendo ejecutiva, el menor fue finalmente entregado el 25 de julio de 2025. El informe otorga además especial relevancia a que, al iniciarse los acontecimientos en enero de 2025, la permanencia del niño en España estuvo respaldada por una medida de protección judicial. El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada, en funciones de guardia, acordó medidas urgentes tras la exploración del menor ante la alegación de una posible situación de riesgo.
La Fiscalía de Granada había solicitado precisamente esa exploración urgente ante la inminencia del regreso del niño a Italia.
Según el nuevo informe fiscal, esa medida de protección proporcionó cobertura jurídica a la permanencia del menor en España durante parte del periodo controvertido y no puede considerarse una maniobra artificial provocada por Juana Rivas. El Ministerio Fiscal señala que la decisión judicial se fundamentó tanto en la exploración del menor como en la existencia en Italia de actuaciones penales relacionadas con presuntos malos tratos; y considera que los hechos de 2025 no pueden equipararse a los de 2017.
La condena de 2018
El informe establece una diferencia expresa entre ambas situaciones. En la primera causa, Juana Rivas fue condenada inicialmente en 2018 por dos delitos de sustracción de menores después de permanecer durante aproximadamente un mes en paradero desconocido con sus dos hijos pese a los requerimientos judiciales de entrega.
Posteriormente, el Tribunal Supremo consideró que los hechos constituían un único delito y redujo la condena a dos años y seis meses de prisión.
Finalmente se le concedió un indulto parcial de la pena, y el caso se encuentra actualmente pendiente de decisión de los tribunales internacionales.
En cambio, respecto de los acontecimientos de 2025, la Fiscalía destaca que Juana Rivas no se ocultó con el menor, que su localización fue siempre conocida y que articuló su oposición a la entrega a través de procedimientos y recursos judiciales.
Otro de los aspectos relevantes de la posición de la Fiscalía es la finalidad atribuida a la conducta de Juana Rivas. Durante toda la investigación, su defensa ha mantenido que su actuación estuvo dirigida a proteger a su hijo menor ante una situación que consideraba de riesgo, y no a apropiarse de su custodia por vías de hecho. El informe fiscal considera relevante que existieran elementos objetivos que permitieran sostener esa preocupación, entre ellos las actuaciones seguidas en Italia en relación con presuntos malos tratos del padre a sus hijos. En efecto, en la actualidad continúa en Italia, en fase de juicio oral, un procedimiento penal contra Francesco Arcuri por presuntos malos tratos físicos y psicológicos habituales a sus hijos.