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El Servicio Cántabro de Salud indemniza a la familia de una joven cuya trombosis no se detectó a tiempo

La paciente, de 24 años, falleció tras siete consultas médicas y un TAC urgente solicitado que nunca llegó a realizarse; su familia recibirá 219.723 euros
Vista del Hospital Sierrallana.
Vista del Hospital Sierrallana. / EFE

Actualizado hace 10 minutos

El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha reconocido una indemnización de 219.723,74 euros a la familia de una joven de 24 años que falleció en agosto de 2025 por una trombosis venosa cerebral, tras un retraso en el diagnóstico. La resolución estima íntegramente la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por sus familiares.

Entre el 20 y el 30 de julio de aquel año, la joven acudió cuatro veces al centro de salud de Suances y tres al Hospital Sierrallana de Torrelavega, con intensos dolores de cabeza y vómitos persistentes, según la resolución facilitada por la Asociación El Defensor del Paciente.

En su primera visita a Urgencias de Sierrallana, la impresión diagnóstica fue de gastroenteritis. Recibió tratamiento para los síntomas y la indicación de seguimiento por su médico de Atención Primaria. Sin embargo, la persistencia del cuadro la llevó a regresar repetidamente a ambos centros.

Un TAC urgente que no llegó a realizarse

Tras las reiteradas consultas, Urgencias solicitó un TAC craneal urgente que nunca llegó a practicarse, ya que la paciente fue enviada de nuevo a su domicilio. Al día siguiente fue encontrada en el suelo, desorientada y con una trombosis cerebral masiva. Ingresó en estado crítico en el Hospital Marqués de Valdecilla de Santander, donde falleció el 14 de agosto de 2025.

La familia sostuvo en su reclamación que no se realizaron las pruebas indicadas pese a los factores de riesgo y los signos de alarma. También argumentó que el retraso impidió iniciar a tiempo el tratamiento anticoagulante y favoreció las complicaciones que desembocaron en la muerte.

Una atención que no se ajustó a los protocolos

Los informes recogidos en la resolución concluyen que la atención no fue adecuada en tiempo y forma y que "no se adecuó a la práctica clínica habitual ni a los protocolos de actuación vigentes".

Asimismo, apuntan a un retraso diagnóstico en la valoración inicial que pudo demorar el tratamiento. Señalan también que la toma de anticonceptivos orales debía haberse considerado un criterio de alarma. La indemnización reconocida se distribuye en 89.413,59 euros para cada progenitor y 40.896,56 euros para la hermana de la joven.

2026-10-26T16:25:29+01:00
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