Política

El juez Pedraz rechaza el incidente de nulidad presentado por Leire Díez

Considera que es extemporáneo y que contraviene la buena fe procesal y la prohibición de usar dicho instrumento como vía para revisar cuestiones ya resueltas

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido no admitir a trámite el incidente de nulidad con el que la exmilitante socialista Leire Díez pretendía anular la causa en la que está investigada por presuntas actuaciones para desestabilizar causas judiciales con impacto en el PSOE o en el Gobierno.

A través de un auto adoptado este lunes, al que ha tenido acceso EFE, el titular del Juzgado central de Instrucción número 5 ha inadmitido este incidente al considerar que es extemporáneo y que contraviene la buena fe procesal y la prohibición de usar dicho instrumento como vía para revisar cuestiones ya resueltas, en línea de lo que defendía también la Fiscalía Anticorrupción.

Incidente de nulidad

La defensa de Leire Díez pidió anular el caso con el argumento de que la detención de la exmilitante el pasado 10 de diciembre fue desproporcionada, que se vulneraron sus derechos fundamentales y que hubo falta de motivación y autorización judicial en las actuaciones policiales y judiciales.

Con este incidente, la exmilitante pretendía anular la información obtenida de los objetos y dispositivos electrónicos, móviles y físicos que se le incautaron y todas las actuaciones procesales, diligencias y resoluciones judiciales derivadas de la incautación.

Sin embargo, Pedraz ha rechazado esta pretensión porque la cuestión "no fue oportunamente suscitada cuando la detención se produjo ni fue objeto de impugnación mediante los mecanismos procesales específicamente previstos para su control, singularmente a través del procedimiento de 'habeas corpus', ni mediante recurso o alegación formulada en el momento procesal oportuno".

El juez recalca que "se han articulado sucesivos recursos con la misma finalidad que aquí se pretende, vetar el acceso a los dispositivos intervenidos" y que la detención no se ha discutido hasta ahora, cuando se ha reclamado la nulidad más de seis meses después del arresto.

En una decisión contra la que no cabe recurso,Pedraz sigue el mismo criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que en un escrito respecto al incidente presentado por Leire Díez, recuerda que el plazo para pedir la nulidad será de 20 días "desde la notificación de la resolución o, en todo caso, desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión".

Las fiscales defienden además que en las actuaciones practicadas no se ha producido "lesión alguna de las normas esenciales del procedimiento con vulneración de derechos fundamentales determinantes de indefensión" y considera que la exmilitante "abre un cauce artificial sin fundamento alguno" al no haber conseguido vetar el acceso de la Guardia Civil a sus dispositivos.

La defensa de Leire Díez basaba su incidente de nulidad, ya inadmitido, en el argumento de que la detención de la exmilitante se basó en indicios genéricos y no en hechos concretos y se produjo cuando no existía riesgo de fuga ni delito flagrante, motivo por el cual la consideraban desproporcionada e ilegítima.

06/07/2026