Política

El despacho de Garzón presenta un incidente de nulidad contra la "arbitrariedad" de suspender el voto por la 'ley de nietos'

Según el despacho, el incidente de nulidad invoca la protección del derecho fundamental de participación política "vulnerado"
El exjuez Baltasar Garzón durante una entrevista para Europa Press. / EP

El despacho de abogados del exjuez Baltasar Garzón ha presentado ante el Tribunal Supremo un incidente excepcional de nulidad para que se pronuncie sobre la petición de tres ciudadanos españoles que han visto suspendido su derecho al voto a consecuencia de su decisión por la ley de nietos.

Tras el fallo del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo, el despacho presentó este miércoles los escritos de personación de tres afectados, sobre los cuales tiene que responder el Alto Tribunal en los próximos días.

El despacho informa en un comunicado de que presenta el incidente de nulidad "ante la gravedad de los hechos" con "el objetivo de que el Supremo se pronuncie ahora, ante la petición de nulidad de las medidas cautelares" efectuadas en nombre de tres afectados.

Considera vulnerados "derechos fundamentales"

En su escrito, el despacho invoca la protección del derecho fundamental de participación política (voto) vulnerado al argumentar que "la suspensión del derecho de sufragio activo está excluido de nuestro ordenamiento jurídico desde 1995, cuando tan solo podía imponerse de forma individualizada y justificada, nunca en masa, por sentencia penal firme".

Además, considera que se han vulnerado otros derechos fundamentales, entre ellos el principio de igualdad ante la ley y a no sufrir ningún tipo de discriminación, debido a que se ha suspendido el derecho a voto de extranjeros inscritos en el Centro de Residentes Ausentes (CERA), pero no de aquellos que la han adquirido por idéntica vía y que no se hallan inscritos en él mismo.

También, denuncia la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por "la indefensión padecida por los afectados", que no fueron llamados a participar en el proceso hasta que la Sala refrendó sus medidas cautelares, y "por la arbitrariedad de la decisión por ser contraria a la legalidad constitucional".

23/10/2026