Política

El Constitucional encamina la amnistía de la malversación del “procés” y abre la puerta al regreso de Puigdemont

El criterio favorable de la mayoría podría llevar a Llarena a aplicar la ley al expresident y levantar la orden nacional de detención
Carles Puigdemont, en una imagen de archivo. / EP

El Tribunal Constitucional (TC) ha encaminado este martes su aval a la aplicación de la amnistía al delito de malversación del “procés”, una decisión que podría extenderse a Carles Puigdemont y abrir la puerta a su regreso sin riesgo de ser detenido.

El magistrado ponente, José María Macías, redactará una nueva propuesta de resolución acorde con el criterio favorable de la mayoría progresista del tribunal después de comprobar que su planteamiento inicial, contrario a amnistiar este delito, no contaba con apoyos suficientes.

El Pleno analiza el recurso de amparo presentado por el exconseller y secretario general de Junts, Jordi Turull, contra la interpretación del Tribunal Supremo, que rechazó aplicarle la ley al considerar que los dirigentes independentistas obtuvieron un beneficio personal.

El criterio podría extenderse a Puigdemont

Aunque la resolución afecta directamente a Turull, su argumentación será determinante para el resto de dirigentes independentistas procesados por malversación, entre ellos Puigdemont, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa.

Fuentes del Supremo han señalado que el magistrado Pablo Llarena estudiará la aplicación de la amnistía a Puigdemont en cuanto conozca el contenido de la sentencia del Constitucional y su interpretación sobre el supuesto beneficio patrimonial.

Si el TC concluye que esta modalidad de malversación queda incluida en la ley y el criterio puede extenderse al expresident, Llarena podría aplicarle la amnistía y revisar la orden nacional de detención que actualmente impide su regreso.

El ponente cambia su propuesta

Macías, perteneciente al sector conservador del Constitucional, proponía inicialmente desestimar el recurso de Turull al considerar que las resoluciones del Supremo no incurrieron en arbitrariedad, falta de razonabilidad ni errores evidentes. El magistrado sostenía que la interpretación del alto tribunal no podía calificarse de “sorpresiva o imprevisible” ni considerarse fruto de una supuesta animadversión contra el dirigente independentista.

A su juicio, la decisión del Supremo se ajustaba a la doctrina vigente sobre los elementos que configuran el delito de malversación. Sin embargo, ante la falta de apoyo a su propuesta, elaborará una nueva ponencia acorde con el criterio de la mayoría.

El TJUE descartó el perjuicio a la UE

La deliberación llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldara la ley de amnistía y descartara que el referéndum de 2017 hubiera afectado a los intereses financieros de la Unión Europea.

Este era uno de los argumentos utilizados por el Supremo para excluir la malversación de la medida de gracia. El otro era la existencia de un supuesto beneficio personal para los dirigentes independentistas, cuestión sobre la que ahora deberá pronunciarse el Constitucional.

El Supremo mantiene por ahora su negativa

El Supremo rechazó recientemente la petición de Puigdemont para que se le aplicara la amnistía tras el pronunciamiento del tribunal europeo. El expresident continúa procesado, ya que no llegó a ser juzgado, y mantiene vigente una orden nacional de detención.

Llarena consideró que el TJUE no había resuelto la cuestión relativa al posible beneficio personal obtenido por los dirigentes del “procés”. También señaló que las sentencias dictadas hasta ahora por el Constitucional sobre la ley de amnistía no han invalidado expresamente la interpretación del Supremo.

El instructor rechazó por ese motivo levantar la orden de detención, aunque aclaró que su decisión no convierte las medidas cautelares en irrevisables ni impide examinarlas de nuevo ante otras circunstancias. Si la sentencia sobre Turull avala la aplicación de la amnistía a esta modalidad de malversación, Llarena podría revisar la situación de Puigdemont sin esperar a que el Constitucional resuelva específicamente el recurso presentado por el expresident.

22/09/2026