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El colapso judicial deja en el aire una indemnización millonaria para una familia por un accidente de tráfico

El accidente, ocurrido en 2003 en Barcelona, dejó secuelas de por vida a cinco miembros de una misma familia, pero ahora un tribunal ha absuelto a los conductores que lo causaron por haber prescrito los delitos
La sentencia llega en medio de las críticas de las asociaciones LGBT a las últimas medidas judiciales.
La sentencia llega en medio de las críticas de las asociaciones LGBT a las últimas medidas judiciales.

Un cúmulo de retrasos judiciales ha provocado la absolución de dos conductores que en 2003 causaron un accidente de tráfico que dejó graves secuelas a cinco miembros de una misma familia, lo que pone en riesgo las indemnizaciones para las víctimas, que podrían sumar hasta 4 millones de euros.

Veinte años después del grave accidente, ocurrido cerca del Paseo Marítimo de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), la Sección novena de la Audiencia de Barcelona ha resuelto ahora, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, que han prescrito los delitos por los que los conductores fueron condenados en primera instancia, en 2018.

La absolución de los conductores, condenados a sendas penas de dos años y medio y de dos años de cárcel, ha motivado que la Fiscalía haya abierto diligencias para averiguar si ha habido irregularidades en la actuación de la sala, a la que ha requerido los expedientes de la causa así como detalles sobre la cronología del caso.

UNA CARRERA POR UN PIQUE AL VOLANTE

El accidente ocurrió la medianoche del 12 de agosto de 2003, cuando los encausados coincidieron con sus turismos en el Paseo Marítimo de Barcelona y empezaron a picarse al volante, en una "conducción competitiva", con sucesivos adelantamientos y acelerones, que les llevó a alcanzar los 89 kilómetros por hora en una zona donde la velocidad máxima es de 30.

A consecuencia de esa conducción temeraria, uno de los automovilistas perdió el control del vehículo e inició un derrapaje hasta invadir los dos carriles del sentido contrario, de forma que impactó frontal y lateralmente con un coche en el que viajaba una pareja y sus tres hijos.

El otro conductor vio "con claridad" la colisión, pero no detuvo la marcha para auxiliar a las víctimas y se limitó a comparecer poco después ante la Policía Local para avisar del siniestro, mantiene la sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado de lo penal número dos de Vilanova i la Geltrú (Barcelona).

El siniestro provocó heridas severas a los cinco miembros de la familia: la madre sufre una tetraparesia que la ha dejado en grado máximo de dependencia, el padre y uno de los hijos tienen reconocida la invalidez permanente, y los otros dos ocupantes sufrieron lesiones menos graves, por lo que el juzgado concedió a la familia cerca de 800.000 euros en indemnizaciones.

Dadas las dos décadas transcurridas desde el accidente, la familia está a la espera de cobrar los intereses correspondiente a esa suma, que según su abogado Antoni Calet alcanzan los tres millones de euros, pero la decisión de la Audiencia de Barcelona, además de dejar impune el accidente, es una amenaza para esas indemnizaciones.

EL CASO LLEGÓ A JUICIO 15 AÑOS DESPUÉS

La causa ya acumuló demoras en la fase de instrucción, lo que dio pie a que se aplicara la atenuante de dilaciones indebidas en la condena: el caso no se envió a juicio hasta 2008, en 2013 el juez decretó la nulidad de las actuaciones al apreciar errores procesales, se acabó juzgando en 2015 y no se dictó sentencia hasta 2018.

Tanto los condenados como la aseguradora Zurich, que debe pagar las indemnizaciones, recurrieron la sentencia ante la Audiencia de Barcelona en noviembre de 2018, pero la causa durmió la paz de los justos, con dos cambios de ponente del tribunal y la abstención de un tercero, hasta que se dictó resolución en mayo de este año.

La sentencia, de la que es ponente la magistrada Maria del Pilar Pérez de Rueda, acuerda la absolución al considerar que los sucesivos cambios de ponentes no interrumpieron la prescripción, en una decisión que difiere del criterio que hasta entonces había mantenido la sección novena.

El tribunal no solo absuelve a los conductores, sino también a la aseguradora en concepto de responsable civil directa, lo que abre la puerta a que la familia pierda los tres millones de euros en intereses y, para más inri, se vea obligada a devolver los 800.000 ya percibidos.

Ante esa tesitura, el letrado de las víctimas exigió una aclaración a la Audiencia, que ha acabado por reconocer el derecho de los denunciantes a ejercer acciones por la vía civil para reclamar las indemnizaciones, unos trámites que el letrado ya ha emprendido.

Antoni Calet confía en que la justicia le dé la razón y en menos de un año la familia pueda recibir los 4 millones de indemnizaciones que le corresponden, pero también advierte de que podría quedarse con las manos vacías si la aseguradora logra forzar la nulidad de la sentencia.

Además de lamentar las demoras en este caso, el abogado considera que la sentencia de la Audiencia es abiertamente "injusta" y reflexiona: "En justicia, uno espera lo previsible aunque sea tarde, pero no lo inesperado".

2023-08-02T16:50:03+02:00
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