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El caso por el asesinato de Maialen Mazón vuelve a los tribunales: el TSJPV revisa este martes la condena de 27 años

El Tribunal Superior del País Vasco acoge la vista oral tras los recursos de la defensa, que alega un trastorno psiquiátrico, y del Consejo del Menor, que exige elevar la pena por el abandono de la hija
Juicio contra el hombre acusado de asesinar a su esposa embarazada. Europa Press
Juicio contra el hombre acusado de asesinar a su esposa embarazada. Europa Press

Actualizado hace 28 minutos

El caso por el asesinato machista de Maialen Mazón vuelve a los tribunales este próximo martes, día 29 de septiembre, cuando la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) celebre en el Palacio de Justicia de Bilbao la vista oral convocada para resolver los recursos interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava. En el centro del debate judicial se sitúa la resolución que impuso 27 años de prisión al marido de la víctima por el crimen perpetrado el 27 de mayo de 2023 en Vitoria-Gasteiz, cuando la joven se encontraba embarazada de mellizas. De esta manera, el alto tribunal vasco abordará tanto las pretensiones de la defensa del condenado como los reclamos de las instituciones y acusaciones que demandan un endurecimiento de la pena inicial.

La estrategia de la defensa: el trastorno psiquiátrico

En la sesión fijada en la capital vizcaína, la representación legal del imputado defenderá su apelación ante el órgano sosteniendo la posible existencia de un trastorno psiquiátrico en el acusado durante la comisión de los hechos. Esta hipótesis sobre una alteración psíquica o trastorno mental transitorio fue formalmente rechazada por los peritos forenses a lo largo de las sesiones del juicio oral celebrado en Vitoria-Gasteiz.

Asimismo, la defensa intentó hacer valer durante el proceso en primera instancia una atenuante por consumo de alcohol, así como eximentes completas e incompletas, pretensiones que fueron desestimadas categóricamente por el tribunal del jurado. A pesar del criterio emitido por los expertos técnicos, el letrado del procesado acude de nuevo al alto tribunal vasco para insistir en la vía psiquiátrica con el objetivo de lograr una minoración de la responsabilidad penal.

La batalla por el abandono de la menor

En el extremo opuesto de la contienda judicial, la sentencia emitida por la Audiencia alavesa no satisfizo a las partes acusadoras, motivo por el cual la Diputación Foral de Álava, mediante el Consejo del Menor, formalizó su propio recurso de apelación. La entidad foral, que vela institucionalmente por la protección y los derechos de la hija de dos años de Maialen, sostiene que el fallo no valoró adecuadamente el grave riesgo e indefensión que padeció la pequeña en las horas posteriores al asesinato de su madre.

Durante aquel episodio, el hombre dejó a la menor desamparada a lo largo de varias horas en la misma estancia donde se encontraba el cadáver de la víctima. Por esta circunstancia específica, la Fiscalía, la acusación particular representada por el padre de la víctima y la Asociación Clara Campoamor en calidad de acusación popular decidieron adherirse íntegramente al recurso impulsado por la corporación alavesa. Todas estas representaciones jurídicas reclaman de forma conjunta que se imponga una condena de cuatro años de cárcel por el delito de abandono de menor, en lugar de la pena de dos años de prisión dictada originalmente.

Radiografía de la condena de la Audiencia de Álava

La resolución emitida tras el juicio en Vitoria-Gasteiz fue redactada por la magistrada presidenta del tribunal, quien asumió íntegramente el veredicto de culpabilidad emitido por los ciudadanos integrantes del jurado popular. El tribunal popular declaró plenamente probado que el acusado, pareja de Maialen y padre de las dos mellizas que la joven esperaba, actuó con la concurrencia de alevosía y reconoció la agravante de parentesco. No obstante, el jurado rechazó apreciar la existencia de ensañamiento en la agresión, así como la aplicación de la agravante de género.

Como resultado de esta valoración jurídica, la magistrada impuso al procesado una pena principal de 25 años de prisión como autor de un delito de asesinato con alevosía en concurso ideal con dos delitos de aborto, considerando la agravante de parentesco. A dicha sanción penal se le sumaron dos años adicionales de cárcel por el delito de abandono de menor, decretándose asimismo la privación de la patria potestad respecto a la hija de la pareja.

Medidas de alejamiento

Junto a las penas privativas de libertad, la sentencia dictada por la Audiencia alavesa contempló un conjunto de medidas cautelares y de protección orientadas a preservar la seguridad de los allegados de la víctima. En concreto, el fallo dispuso la imposición de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena, acompañada de la prohibición estricta de aproximación y comunicación tanto hacia la pequeña de dos años como hacia el padre de Maialen Mazón.

En el apartado correspondiente a las indemnizaciones económicas destinadas a paliar los daños morales derivados del crimen, la magistrada estableció que el procesado deberá abonar 400.000 euros a su hija menor de edad. De igual modo, la resolución fijó el pago de una compensación económica de 200.000 euros a favor del padre de la víctima. Todas estas resoluciones y consideraciones legales serán puestas a examen este martes en Bilbao por los magistrados del TSJPV, en una vista oral que dirimirá si la condena inicial se mantiene en sus términos o si sufre modificaciones sustanciales.

2026-09-28T05:26:39+02:00
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