Una familia mal avenida, un padre enterrado con otros parientes y una pareja que alega que su hija es la heredera para cambiarlo de cementerio... ¿a quién pertenecen los restos? Ha ocurrido en Gran Canaria y ha obligado a un juez a fallar que un cadáver no entra en la herencia.
El juez de lo Civil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha dirimido esta semana un conflicto interno en una familia sobre dónde debe estar enterrado uno de sus miembros, que reposa desde hace ocho años en el cementerio de la localidad de Guía con cinco parientes más. El pleito se abrió por la solicitud presentada por la pareja del finado en nombre de su hija -una menor- para sacarlo del panteón de Guía donde está enterrado y llevarlo a otro camposanto.
A todo ello se oponían una tía del difundo y otros allegados, que defienden que el fallecido descansa allí junto a otras personas con las que estuvo unido en vida por muchos lazos sentimentales. Para ellos, cambiar al difundo a un nicho individual era doloroso. Ante esa diferencia de criterios, la demandante intentó hacer valer los que creía derechos de su hija como heredera del difunto.
Los restos mortales no son bien patrimonial
"Si bien la condición de heredera (de la demandante) le otorga un interés legítimo para promover el expediente, no la inviste de un derecho a decidir a su libre arbitrio dónde se entierran o no los restos de su padre o, al menos, no sin concurrir otras causas que lo justifiquen", resuelve el magistrado.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, es escueta, de solo tres páginas, y entra al fondo del asunto en apenas dos párrafos. El resto, le sirve al juez para explicar por qué este caso es de su competencia, algo que una parte de la familia discutía.
El magistrado es rotundo al detallar por qué ser heredero de un finado no habilita a alguien para decidir, sin más, que lo cambia de cementerio: "Los restos mortales -argumenta- no pueden entenderse en ningún momento como parte de la herencia como bien patrimonial". A partir de ese presupuesto, añade, la decisión que tome el Juzgado debe obedecer a otras razones, fundamentalmente a que se acrediten motivos que "justifiquen" el traslado.
Mantener la tumba en buen estado
El juez se queda ahí, no explica nada más. El letrado Fernando Osuna, abogado de la familia ganadora del pleito, explica que sus clientes expusieron que están unidos por sentimientos "muy grandes" al difunto para oponerse a que lo sacaran de su panteón familiar.
Pero, sobre todo, este letrado considera que ha sido clave "la normativa sobre cementerios, que establece que prevalece en los traslados la preocupación, interés, mantenimiento, cuidado, el costear los gastos, etcétera" que hayan demostrado las partes. Y en este caso, detalla, sus clientes "siempre se habían preocupado de mantener la tumba en buen estado", mientras que la otra parte de la familia "se había despreocupado de tales menesteres".