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Consumo crea un etiquetado inclusivo para personas con discapacidad visual

Se reconoce su condición de "personas consumidoras vulnerables" y en el etiquetado habrá información relativa al producto, a la fecha de consumo o la información nutricial
Persona con discapacidad visual.

El Ministerio de Consumo ha creado un etiquetado inclusivo para personas con discapacidad visual, que será posible gracias a la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, según ha informado el Ministerio.

Esta modificación reconoce a las personas con discapacidad su condición de "personas consumidoras vulnerables", ya que "les impide ejercer sus derechos en materia de consumo en igualdad de condiciones que el resto de personas consumidoras".

Este etiquetado va a afectar a los productos de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida. En principio, se aplicará a los productos de consumo general empaquetado, como carnes, pescados, huevos, leche, café o conservas y a los potencial o claramente peligrosos, como higienes, abonos, plaguicidas, pegamentos, encendedores y cerillas o bombonas de gas.

La información del producto en ese etiquetado inclusivo será la mínima básica, como la denominación, naturaleza, fecha de caducidad o consumo preferente, así como la información dinámica y extensiva del mismo, como nombre y dirección de la empresa productora, composición y finalidad del producto, calidad, cantidad neta o categoría, fecha de producción, sistema de información nutricional, instrucciones para su correcto uso o consumo.

Actualmente, 4,3 millones de personas en el Estado español tienen algún tipo de discapacidad, según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, EDAD 2020, del Instituto Nacional de Estadística.

El próximo lunes arranca el proceso con la consulta pública previa para "regular reglamentariamente un etiquetado en alfabeto braille, así como en otros formatos que garanticen la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables".

Además, el Ministerio apunta que, como consecuencia del gran avance tecnológico que ha supuesto la nueva era digital, "surge la necesidad de garantizar la disponibilidad de un información clara, accesible y fácil de manejar sobre los bienes y productos mediante la adopción de un enfoque no discriminatorio en la transformación digital".

De esta manera, la transformación digital se convierte en una apertura de nuevas oportunidades de consumo accesibles. Un ejemplo de estas nuevas oportunidades sería el caso de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR) en el etiquetado de bienes y productos de consumo, así como otros aplicativos derivados de la tecnología.

"Por tanto, la generalización de estas herramientas es un factor de la máxima importancia para la inclusión de estas personas en la sociedad, en los términos recogidos en la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social", apunta el ministerio que dirige Alberto Garzón.

En función de estas consideraciones, con el objetivo fundamental de garantizar los derechos de las personas consumidoras vulnerables en sus relaciones de consumo, por medio de esta norma Consumo pretende "abordar la regulación del etiquetado en alfabeto Braille y otros formatos para garantizar la accesibilidad universal a bienes y productos de consumo de especial relevancia".

16/07/2022